Presidente podrá crear comisiones intersecretariales

La Secretaría de Gobernación publicó el decreto por el que se reforma el artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y con lo que el presidente de la República podrá constituir comisiones intersecretariales, consultivas y presidenciales a través de decretos. En el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se indica que se reforman los párrafos primero y segundo y se adicionan los párrafos tercero, cuarto y sexto, pasando el actual segundo a ser quinto, del artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Con la reforma, el citado artículo queda de la siguiente manera: "El Presidente de la República, para el mejor despacho de los asuntos a su cargo, podrá constituir comisiones intersecretariales, consultivas y presidenciales a través de decretos". Se explica que las comisiones intersecretariales serán aquellas creadas por el Presidente de la República para el despacho de asuntos en que deban intervenir varias Secretarías de Estado. Estarán inte