Rechazan controversia de AMLO contra IFT

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) tiene facultades constitucionales para regular la comunicación vía satélite, mismas que no impiden al Ejecutivo federal ejercer sus atribuciones para definir y administrar los tiempos en radio y televisión reservados para el Estado. Por lo que, el pleno de ministros declaró este jueves infundada la controversia constitucional 257/2023 promovida por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal contra el acuerdo mediante el cual el IFT emitió las disposiciones regulatorias en materia de comunicación satelital, que se publicó en enero de 2023 en el Diario Oficial de la Federación (DOF). La Consejería Jurídica, encabezada por María Estela Ríos González, alegó ante la Corte que el organismo no tenía facultades para ello, y que el reglamento impedía al presidente López Obrador ejercer sus atribuciones de definir y de administrar la capacidad satelital necesaria para el ejercicio de sus funciones de comuni