Reforma exige acceso a datos biométricos

La iniciativa de reforma a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, establece que toda autoridad y particular de cualquier naturaleza que tenga a su cargo datos biométricos o cualquier otro dato identificativo de personas, debe permitir a las Fiscalías, instituciones de seguridad pública y al Centro Nacional de Inteligencia, el acceso irrestricto y consulta inmediata a sus registros, bases de datos o sistemas de información para agilizar las investigaciones. De lo contrario, se aplicarán sanciones, pues “no solo las personas servidoras públicas son sujetas de responsabilidad, sino que también se obliga a aquellos particulares que, por la naturaleza de sus actividades económicas, generen o posean bases de datos, registros o información que, por disposición de este ordenamiento, se encuentran obligadas a permitir su acceso, proporcionar su contenido, así como actualizar de manera periódica su contenido”.