Revocación innecesaria

La Cámara de Diputados aprobó la semana pasada el dictamen que reforma y adiciona 9 artículos de la Constitución Política en materia de consulta popular y revocación de mandato. La consulta exige un umbral de participación ciudadana de 25% y la revocación de mandato comprende los cargos de elección popular, federal y locales. Desde el Presidente de la República hasta presidentes municipales, pasando por diputados, senadores, gobernadores y la jefa de gobierno. La revocación puede ser solicitada por el 2% de los electores y la consulta por el 1%, en ambos casos, el Congreso convocará ambos procedimientos siempre y cuando cuente con el 33% de los integrantes de las Cámaras. También se prevé que el propio Presidente de la República solicite la convocatoria al Congreso. ¿Qué implica esto? Es un ejercicio de democracia directa o participativa muy al estilo del Ejecutivo, el cual ya ha organizado consultas populares con mínimos de votación y sin ningún control. Esta forma de ejercicio del poder es frontalmente dest