La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la controversia constitucional que la gobernadora panista de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván, promovió contra las bases de elaboración de los libros de texto gratuitos (LTG) a cargo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos. El ministro de la SCJN, Luis María Aguilar Morales, notificó el viernes la admisión del recurso promovido por la Consejería Jurídica de Chihuahua, en el que señala a la SEP, la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, la Subsecretaría de Educación Básica, la Dirección General de Materiales Educativos, la Dirección General de Educación Superior, la Dirección General de Formación Continua a Docentes y Directivos, así como de la Dirección General de Gestión Escolar y Enfoque Territorial. “Se tiene por presentada a la promovente con la personalidad que ostenta y se admite a trámite la demanda que hace valer, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que pu
SCJN admite impugnación contra LTG
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la controversia constitucional que la gobernadora panista de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván, promovió contra las bases de elaboración de los libros de texto gratuitos (LTG) a cargo de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos. El ministro de la SCJN, Luis María Aguilar Morales, notificó el viernes la admisión del recurso promovido por la Consejería Jurídica de Chihuahua, en el que señala a la SEP, la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, la Subsecretaría de Educación Básica, la Dirección General de Materiales Educativos, la Dirección General de Educación Superior, la Dirección General de Formación Continua a Docentes y Directivos, así como de la Dirección General de Gestión Escolar y Enfoque Territorial. “Se tiene por presentada a la promovente con la personalidad que ostenta y se admite a trámite la demanda que hace valer, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que pu