SCJN niega amparo a cajas de ahorro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el Artículo 15, fracción X, inciso b de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que entró en vigor el 1 de enero de 2014, con lo que negó el amparo a cuatro sociedades cooperativas de ahorro y préstamo. Las sociedades impugnaron ese artículo por considerarlo violatorio de los principios de razonabilidad legislativa y equidad tributaria, en virtud de incluirla en los supuestos de exención, respecto de los intereses que reciban o paguen derivados de los préstamos otorgados a sus socios. Sin embargo, establece requisitos para gozar de ese beneficio sin considerar su naturaleza social sin fines de lucro, condicionantes que no se establecen para las cajas de ahorro de trabajadores ni para los entes previstos en la fracción XII del mismo artículo. El juez de Distrito negó el amparo solicitado a tres de ellas, luego de considerar que ese precepto es constitucional y respecto de la otra sobreseyó en el juicio. Para la Primera Sala de la SCJN