La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reiteró su criterio en torno al derecho a la igualdad y no discriminación que debe regir la institución de la compensación, no sólo entre cónyuges sino también entre concubinos por doble jornada al realizar el trabajo doméstico en la familia. En sesión pública, el Pleno de la Primera Sala del Alto Tribunal resolvió así el amparo directo en revisión 7470/2017, a propuesta del ministro José Ramón Cossío Díaz, y en la resolución insistió en que la compensación es un mecanismo resarcitorio que surge ante la necesidad de subsanar un desequilibrio al interior de la familia. Lo anterior derivado de que uno de sus miembros asumió determinadas cargas domésticas y de cuidado en mayor medida que el otro, y tiene la finalidad de remediar tal asimetría al momento de disolverse el vínculo matrimonial o el concubinato. Con perspectiva de género, se dejó claro que el hecho de que el solicitante haya tenido un empleo o haya recibido ayuda de otras personas (como empleados domés
SCJN reitera criterio de compensación
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reiteró su criterio en torno al derecho a la igualdad y no discriminación que debe regir la institución de la compensación, no sólo entre cónyuges sino también entre concubinos por doble jornada al realizar el trabajo doméstico en la familia. En sesión pública, el Pleno de la Primera Sala del Alto Tribunal resolvió así el amparo directo en revisión 7470/2017, a propuesta del ministro José Ramón Cossío Díaz, y en la resolución insistió en que la compensación es un mecanismo resarcitorio que surge ante la necesidad de subsanar un desequilibrio al interior de la familia. Lo anterior derivado de que uno de sus miembros asumió determinadas cargas domésticas y de cuidado en mayor medida que el otro, y tiene la finalidad de remediar tal asimetría al momento de disolverse el vínculo matrimonial o el concubinato. Con perspectiva de género, se dejó claro que el hecho de que el solicitante haya tenido un empleo o haya recibido ayuda de otras personas (como empleados domés