La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que todas las sentencias de los tribunales del país deben ponerse a disposición de la sociedad por tratarse de información de interés público, conforme a la legislación general y local en materia de transparencia y acceso a la información pública. Lo anterior al conceder un amparo promovido por personas en lo individual y por asociaciones civiles, contra la omisión de los órganos del Poder Judicial del estado de Zacatecas de elaborar y poner a disposición de la sociedad versiones públicas de sus sentencias durante los años 2016 y 2017, así como la inconstitucionalidad de los artículos 73, fracción II, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGATIP), y 43, fracción II, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas (LTAIPZ), por prever la obligación de hacer versiones públicas únicamente de aquellas sentencias que sean de interés público. En sesión remota, los minis
Sentencia de tribunales a disposición de la sociedad
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó que todas las sentencias de los tribunales del país deben ponerse a disposición de la sociedad por tratarse de información de interés público, conforme a la legislación general y local en materia de transparencia y acceso a la información pública. Lo anterior al conceder un amparo promovido por personas en lo individual y por asociaciones civiles, contra la omisión de los órganos del Poder Judicial del estado de Zacatecas de elaborar y poner a disposición de la sociedad versiones públicas de sus sentencias durante los años 2016 y 2017, así como la inconstitucionalidad de los artículos 73, fracción II, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGATIP), y 43, fracción II, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas (LTAIPZ), por prever la obligación de hacer versiones públicas únicamente de aquellas sentencias que sean de interés público. En sesión remota, los minis