Tarea compartida

Desde tiempos inmemoriales el rol de cuidado de los hijos se asignó a la mujer, como consubstancial a su maternidad, reservando al varón el papel de proveedor. Hoy las cosas han cambiado, hombre y mujer alternan papeles. Así lo reconoce nuestra Constitución que, en el artículo 4º, postula la igualdad del hombre y la mujer ante la ley e impone a ésta proteger la organización y el desarrollo de la familia. Así también, que el Estado debe otorgar facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez, velando por su interés superior. Regida por estas premisas, la Segunda Sala de la Corte concedió un amparo contra los artículos 201 y 205 de la Ley del Seguro Social y otras disposiciones administrativas que regulan la prestación del servicio de guarderías por parte del IMSS. Un caso que muestra la subsistencia de roles de género al interior de ciertas normas. Un trabajador presentó, ante el Departamento de Guarderías del IMSS, una solicitud de prestación del servicio de guard