Trabajadores, sin reinstalación laboral

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que ningún trabajador de confianza al servicio de Estado, tiene derecho a la reinstalación laboral, por restricción constitucional. Los ministros de la Segunda Sala, en varias tesis aisladas publicadas en el Semanario Judicial de la Federación (SJF), definieron el alcance del derecho a la estabilidad y permanencia en el cargo dentro del Servicio Profesional de Carrera, así como la justificación en la diferencia de trato entre los trabajadores de confianza y los de base dentro de la Administración Pública Federal. La tesis señaló que los primeros, si bien son de confianza, únicamente tienen derecho a una indemnización en caso de despido injustificado; mientras los segundos pueden elegir entre el pago de una indemnización o la reinstalación. Los de confianza pueden ocupar la titularidad de una plaza con un rango y un nivel más alto, esto es, desde el cargo de enlace hasta el de director general, en términos del artículo 5 de la Ley del