Un juez de Distrito dejó sin efecto el auto de formal prisión contra el capo del Cártel de Sinaloa, Héctor Palma Salazar, alias “el Güero”, por el delito de homicidio calificado y ordenó reponer el proceso, a fin de que la autoridad judicial responsable cumpla el debido proceso, pues omitió desahogar testimoniales, interrogatorio y careo entre testigos de los hechos.
Conrado Alcalá Romo, juez Tercero de Distrito, concedió un amparo al sinaloense, tras considerar que el juez Segundo de lo Penal del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco no cumplió con las formalidades esenciales del procedimiento cuando decidió procesar al “Güero” Palma, en mayo de 2023, por su presunta responsabilidad en el asesinato del subdirector del penal de Puente Grande, Jalisco.
Dicha acusación impidió al capo salir en libertad del penal de máxima de seguridad del Altiplano, en el Estado de México, luego de que un Tribunal de Apelación ordenó su excarcelación porque la FGR no contaba con los elementos suficientes para procesarlo por el delito de delincuencia organizada.En su sentencia de amparo, Alcalá Romo determinó que el juez penal no realizó las gestiones necesarias para notificar a los testigos que declararían en las diligencias en favor del capo sinaloense, no obstante que se le ofrecieron en tiempo y forma, violando con ello la garantía de audiencia y defensa de quien fuera socio de Joaquín “el Chapo” Guzmán.