A modo| Ley para la Entrega y Recepción

"Carlos Burguete * CP. La iniciativa de Ley para la Entrega y Recepción de la Administración Pública Estatal que pretenden aprobar los diputados de la LXIV Legislatura el próximo viernes, contiene serias restricciones para el nuevo gobierno que encabezará Manuel Velasco Coello.

Y es que existen una serie de candados para conocer el estado en que se deja la administración pública.

Se establece por ejemplo las figuras del Coordinador General, de Enlace Operativo, del Equipo de Transición, así como del Grupo Estratégico, mismos que serán nombrados por el Gobernador en turno y que prácticamente tendrán a su cargo todo el desarrollo del proceso de la entrega y recepción.

De la misma forma, se establece de manera enfática que los Enlaces Operativos deberán elaborar un programa de trabajo alineado, en el que se establezcan plazos y compromisos para la integración, depuración y actualización de toda la información.

En el Artículo 12 de dicha Ley, se establece que será a través del titular del Poder Ejecutivo como se designará al Coordinador General, quien se encargará de monitorear y supervisar de manera institucional los trabajos inherentes al proceso de entrega y recepción de la administración, así como informar al Ejecutivo sobre el desarrollo del programa.

En lo que respecta al procedimiento de transición, el gobierno entrante sólo podrá nombrar un máximo de cuatro miembros por cada organismo público, sin embargo, éstos no podrán interferir en el desarrollo normal de las funciones oficiales, además de que sus actividades no podrán ocupar más de cuatro horas por día.

De igual forma, en el Artículo 30 de la mencionada Ley, se establece que ""al tomar posesión el Gobernador entrante, tiene la obligación y compromiso de garantizar la continuidad de los programas de la gestión pública"".

"