A partir del 1º de enero de 2026, los contribuyentes que no tengan activo su buzón tributario, serán multados con hasta 11 mil 540 pesos, de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Todas y todos deben tener validados sus medios de contacto según el Código Fiscal de la Federación.
Se trata del canal oficial de comunicación electrónica entre el SAT y los contribuyentes, mediante el cual se envían notificaciones, requerimientos, actos administrativos y resoluciones fiscales. La obligación de habilitarlo se encuentra vigente desde 2020, pero el SAT ha otorgado diversas prórrogas.
El contador público certificado, René Cruz Montalvo, comentó que la recomendación es que todos lo hagan a la brevedad. Desde 2020, solo estaban exentos de la obligación de habilitar su Buzón, registrar y mantener actualizados los medios de contacto, las personas físicas y morales que se encuentren ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con situación fiscal de cancelados o suspendidos.
También, personas físicas sin obligaciones fiscales y sin actividad económica, así como los contribuyentes asalariados y asimilados a salarios que hayan obtenido ingresos menores a 400 mil pesos.
Una vez activado, la obligación es revisarlo constantemente para verificar si hay una notificación de la autoridad fiscal, no hacerlo podría derivar en una dificultad o una multa.
Previo a una notificación, el fisco manda un aviso al correo electrónico, si está actualizado es posible conocer si hay una notificación e invita a consultar el buzón; ya en este, la manera de autenticarse es a través de la firma electrónica (e.firma).












