A partir del 01 de enero de 2025 ya se aplicarán sanciones para los contribuyentes que no tengan actualizados sus datos de contacto en su buzón tributario o que no lo tengan activo, indicó Armando González Arroyo, delegado estatal de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
Aplicación
Explicó que la obligación parte desde el 2020, pero se ha prorrogado para algunos regímenes de tributación, en algunos ya es obligatorio tener y mantenerlo activo como el Régimen Simplificado de Confianza (Resico).
Al cambiarse aumentan sus obligaciones y tienen dos meses para activarlo y actualizar sus datos de contacto. Si no lo hacen, la autoridad los puede migrar a otro régimen o no les permite continuar en el Resico.
El trámite se realiza de forma sencilla, en el aplicativo del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en un micrositio denominado buzón tributario en la página web. Se selecciona la opción de datos de contacto, se siguen los pasos hasta que termine el proceso.
Vía de comunicación
El buzón tributario es una vía de comunicación entre la autoridad fiscal y el contribuyente, por este medio envía todas las notificaciones de actos que puedan afectar su situación, resoluciones, procedimientos de fiscalización como revisión electrónica o visitas domiciliarias.
También es una herramienta para realizar distintos trámites como devolución manual de impuestos, recurso de revocación, solicitudes de reducción de multas, de aplicación de un estimulo fiscal, de condonaciones, pago en parcialidades, entre otros.
Excepciones
Especificó que hay excepciones a la regla, no estarían obligados a habilitar su buzón personas físicas o morales que estén suspendido o cancelados ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
También mayores de 18 años que se inscriben al RFC y no tienen una actividad empresarial. De igual forma, los que tienen ingresos por sueldos y salarios cuyos ingresos anuales en el ejercicio anterior no superaron los 400 mil pesos; sin embargo, todos deberían hacerlo.