Integrantes del pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECh), en la sesión pública no presencial de este 22 de noviembre, aprobaron por unanimidad de votos que se lleven a cabo elecciones extraordinarias en seis municipios de la entidad, decisión que se da después de revisar los medios de impugnación que se presentaron en relación a lo avalado por la Comisión Permanente -de la pasada Legislatura-, con la instalación de igual número de Concejos Municipales.
Celia Sofía de Jesús Ruiz Olvera, magistrada presidenta, informó que se modificaron los decretos (del 433 al 438) que se avalaron el 30 de septiembre de este año, del tal manera que los legisladores y diputadas actuales tienen que dar “cumplimiento a los efectos de las sentencias correspondientes bajo los apercibimientos precisados en las mismas”, para convocar a comicios extraordinarios para Venustiano Carranza, Honduras de la Sierra, Siltepec, El Parral, Emiliano Zapata y Frontera Comalapa.
Contexto
La pasada Legislatura, particularmente, la Comisión Permanente aprobó que a partir del 1 de octubre -y por los próximos tres años- entraran en funciones seis Concejos Municipales, bajo el argumento que no había condiciones políticas y sociales para llevar a cabo dichos actos democráticos.
Dentro de la sesión pública, el pleno del TEECh aclaró que los Concejos Municipales que están en estas zonas seguirán trabajando hasta que los nuevos ayuntamientos queden formalmente establecidos. Todavía no hay una fecha exacta para la realización de las elecciones extraordinarias.
En su intervención, Gilberto de Guzmán Bátiz García, magistrado del TEECh, aclaró que el Congreso del Estado, la asamblea de representantes del pueblo y la autoridad máxima en el Poder Legislativo, por lo tanto, el organismo responsable de convocar a las elecciones extraordinarias.
En su opinión, la integración de los Concejos Municipales tenía que hacerse por el pleno del recinto legislativo o por la Comisión Permanente, es decir, la integración de esa figura política fue legal y hasta necesaria ante la ausencia de los funcionarios que debían ser electos.
“Ante situaciones excepcionales de la convocatoria de realizar elecciones extraordinarias, debe garantizarse el ejercicio del poder público, en tanto se establezca dicha autoridad por los ciudadanos y ciudadanas electos a través de un proceso comicial”, argumentó de Guzmán Bátiz García.
Finalmente, el magistrado refirió que la Comisión Permanente sí tiene facultades para designar a los Concejos Municipales, con la salvedad de que esta figura política tendría que estar supeditada a la conformación de los ayuntamientos que se elijan de forma democrática.