Analizan Ley Contra la Trata de Personas

Analizan Ley Contra la Trata de Personas

México está catalogado como un país de origen, tránsito y destino de víctimas de trata de personas.

Este delito se considera el tercer negocio ilícito más lucrativo del mundo, sólo superado por el tráfico de drogas y de armas, según la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Las mujeres y niñas comprenden el 71 por ciento de las víctimas a nivel mundial, y tienden a ser raptadas con fines de matrimonios forzados o explotación sexual.

Mientras que los hombres y niños son explotados con fines de trabajos forzados.

Comisión de Justicia

Actualmente, el Congreso del Estado analiza una iniciativa para expedir una nueva ley con el objetivo de prevenir y combatir la trata de personas, la cual se encuentra en análisis en la Comisión de Justicia.

La iniciativa menciona que el 14 de julio de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

Esta prevé los tipos penales relativos a la trata de personas, las sanciones que serán aplicables para cada caso, la distribución de competencias, las formas de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios.

En Chiapas, el 3 de abril de 2009 se publicó en el Periódico Oficial la Ley para Combatir, Prevenir y Sancionar la Trata de Personas en el Estado, la cual fue abrogada el 24 de diciembre de 2014 mediante decreto número 144.

El 30 de julio de 2019 el gobierno estatal signó el convenio de colaboración interinstitucional, para conformar la Comisión Intersecretarial para Prevenir y Erradicar los delitos en materia de Trata de Personas, para la consolidación de los trabajos en conjunto y colaborar en la prevención del delito.

Bajo los mismos fines, la Fiscalía General del Estado firmó un convenio con la Comisión Unidos vs la Trata A. C. para promover la atención integral y multidisciplinaria de víctimas directas e indirectas de trata de personas, dando prioridad a su seguridad e integridad personal en un refugio especializado.

Asistencia a víctimas

La ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, constituye el marco de referencia para el diseño y ejecución de política pública en la materia que efectúan las instancias gubernamentales.

Entre otras disposiciones, la iniciativa busca establecer que las autoridades estatales y municipales, y en general cualquier servidor público, que no actúe con la diligencia debida en el cumplimiento de las obligaciones que esta ley impone, serán acreedores a las sanciones en materia de responsabilidades administrativas.

Todo servidor público que tenga conocimiento de conductas relacionadas con la trata de personas, o bien, desde el momento que reciba o atienda a una víctima o testigo involucrado en el mismo, estará obligado a ponerlo en conocimiento de la autoridad responsable.

Para la protección de las víctimas, ordena que estas tendrán derecho a recibir información sobre sus derechos en el idioma o lengua que comprenda y en forma accesible a su edad y madurez, atención médica de calidad, jurídica, psicológica, psiquiátrica, física y social en todo momento, por conducto de las autoridades estatales encargadas.

El Poder Ejecutivo del estado contará con un fondo de ayuda, asistencia y reparación integral para las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos. Se integrará con los recursos adicionales obtenidos por los bienes relacionados con la comisión del delito de trata de personas, que causen abandono o haya sido objetivo de extinción de dominio.