Anulan temporalidad para interrumpir el embarazo

Anulan temporalidad para interrumpir el embarazo

La LXVIII Legislatura del H. Congreso del Estado de Chiapas aprobó anular la temporalidad para la práctica de abortos en la entidad.

Con un quórum de 32 diputados y diputadas, la decisión se aprobó con 23 votos a favor, cuatro votos en contra y nueve abstenciones.

Lo anterior, luego de una sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en la que se declaró inconstitucional el artículo 181 de la función normativa, si esta se verifica en los 90 días a partir de la concepción, para los efectos del plazo de 90 días a que se refiere el artículo 7 fracción 2 párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 232 de la Ley de Amparo

Una reflexión de vida

La diputada Fabiola Ricci Diestel apuntó que la decisión fue una reflexión de vida, pues dijo que hace año y medio llegó al Congreso la sentencia de la SCJN, en la que se quitan los 90 días de término para practicar el aborto.

Apuntó que de acuerdo con el artículo 181 se dan las garantías —a las mujeres— para que no sea punible el delito del aborto cuando el embarazo sea por consecuencia de una violación, si este se verifica dentro de los 90 días partir de la concepción; cuando la madre embarazada corra peligro de muerte o pueda determinarse que el producto sufre de alteraciones genéticas o congénitas que den por necesario que en el nacimiento tenga trastornos físicos o mentales graves, y que tenga un dictamen médico previo que lo asista oyendo el dictamen de otros médicos especialistas, cuando fuera posible y no ponga en peligro la demora a la madre.

Por lo que defendió que ya se tiene la tipificación del aborto en este artículo y las mujeres pueden recurrir a él, pero con la decisión de la SCJN se quita el término de los 90 días y con ello cualquier mujer puede abortar, hasta un día antes del nacimiento de un bebé.

Esta sentencia surgió luego de que en Tapachula una persona interpusiera un amparo, siendo esta una persona con discapacidad, víctima de una violación y el momento en que se practicó el aborto fue a los seis meses de embarazo.

Se está por encima de un derecho humano

En contraparte, la diputada Floralma Gómez Sántiz consideró que no se puede estar por encima de ningún derecho humano y se tienen grandes avances legislativos en normativas nacionales, internacionales y locales.

Reconoció que se sumaría a favor de la propuesta, y apuntó que “estamos en un Estado laico”.

También consideró que no se puede seguir criminalizando a las mujeres que recurran al aborto.

Por su parte, la diputada Cecilia López Sánchez dijo que no se puede pasar desapercibida esta reflexión, añadiendo que está a favor de la vida; mas aprobar esta reforma, en reacción a la SCNJ, pensando en el fortalecimiento de los derechos humanos, resulta importante la reflexión de que “la creación de una vida no solo es un acto de una mujer, sino en pareja”.

Por lo anterior, dijo que es necesario que más adelante se fortalezca el tema de involucrar a los varones para que asuman su responsabilidad de generar vida y no solo para criminalizar a las mujeres.