El Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) aprobó modificar los Lineamientos en Materia de Paridad de Género, que en observancia al principio de igualdad sustantiva, incluye la acción afirmativa para la participación de personas de la diversidad sexual en el proceso electoral local.
En cada candidatura se identificará la autoadscripción de género, para integrarla al género que corresponda. Los partidos políticos, coaliciones o candidaturas independientes podrán postular hasta tres candidaturas no binarias para la elección de ayuntamientos y tres para diputaciones locales.
Parte de las modificaciones se realizaron en cumplimiento a una sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, y son las que deberán observar partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes, para el proceso electoral local.
Dicha sentencia es única y exclusivamente para que se aplique el artículo 38 de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado, en lugar del artículo 25, número 3, del Código de Elecciones. Por lo que la integración de planillas será sin sindicatura suplente.
El consejero Guillermo Arturo Rojo Martínez dijo que los cambios en materia de igualdad sustantiva derivaron del acuerdo emitido por el Instituto Nacional Electoral (INE) el 15 de enero, en cumplimiento a una resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para diputaciones federales, a efecto de promover la participación política de grupos vulnerables.
Si bien la determinación no fue vinculante para este organismo local, sí es un precedente importante que debe ser tomado en consideración, ya que la Constitución Política consagra el derecho a votar y ser votado, en condiciones de paridad.
Los partidos políticos tienen la corresponsabilidad de implementar las medidas necesarias que permitan que todas las personas puedan ejercer efectivamente sus derechos político-electorales, poniendo especial atención a las personas o grupos que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
Dijo que el instituto podrá llevar a cabo las acciones que considere idóneas, para verificar la acreditación de la autoadscripción de género; además, en el caso de las candidaturas no binarias no incidirán en el conteo para verificar la paridad de género.
La consejera Sofía Sánchez Domínguez indicó que es fundamental garantizar los derechos político-electorales sin importar la expresión de género o identidad sexual, lo cual ha sido causa de discriminación en diversos ámbitos.
Consideró que no es necesario establecer una cuota mínima a cumplir por los partidos políticos, porque cada persona tiene derecho a decidir si asume públicamente su identidad sexual y expresión de género. Queda abierta la posibilidad a todos los que lo quieran hacer.











