Armada de México invade facultades de INM y PFP

"Jesús Belmont / Corresponsal / México, DF. * CP. La Comisión Nacional de Derechos Humanos senaló que la Armada de México carece de facultades para realizar funciones de verificación y vigilancia migratoria, pues con ello invade atribuciones que competen al Instituto Nacional de Migración y la Policía Federal Preventiva.

La queja de un migrante hondureno, quien fue golpeado por elementos de la Armada de México durante un operativo en el tramo de ferrocarril Acapetahua-Pijijiapan, Chiapas, fue motivo de la recomendación 27/205 en la cual la CNDH cuestiona severamente el papel de la Secretaría de Marina en funciones migratorias.

La comisión que preside José Luis Soberanes solicitó al secretario de Marina, Marco Antonio Peyrot González revisar las constancias vinculadas con la queja del migrante detenido ilegalmente -junto con otros 39 indocumentados-, quien fue golpeado por elementos de la Armada de México en el referido operativo.

La citada recomendación dirigida al titular de Marina hace especial mención que los elementos de la Armada de México realizaban funciones de verificación migratoria sin tener autorización alguna.

""El migrante hondureno de nombre José Antonio Flores Bulnes resultó lesionado tras recibir tratos crueles"", afirmó la CNDH.



Justicia militar

La Comisión solicitó que una vez revisadas las constancias, de ser necesario, se envíen al agente del Ministerio Público Militar adscrito a la 36 zona de Tapachula, Chiapas, de la Procuraduría General de Justicia Militar, para que la averiguación previa correspondiente también le sea remitida a ese agente y consecuencia se repare el dano causado al agraviado.

La CNDH acreditó que los elementos de la Marina que participaron en el aseguramiento del quejoso vulneraron sus derechos fundamentales y formuló una propuesta conciliatoria, misma que fue rechazada por la Secretaría de Marina.

Los hechos ocurrieron el pasado 23 de enero de 2004 durante un operativo en las vías de ferrocarril en el tramo Acapetahua-Pijijiapan, Chiapas, donde el grupo de migrantes indocumentados fue detenido y trasladado a un campamento para luego ser puestos a disposición del Instituto Nacional de Migración en la caseta de ""El Hueyate"", en Huixtla, Chiapas.

En dicho lugar, el quejoso manifestó a oficiales del INM que sus aprehensores lo golpearon y necesitaba atención médica.



Denuncia en Fiscalía

De la misma forma, se le puso en contacto con personal del Grupo Beta que lo acompanó a denunciar lo ocurrido ante el agente del Ministerio Público del Fuero Común en la ciudad de Tapachula, Chiapas, donde se inició la averiguación previa 186/2S./2004. Del análisis del expediente de la queja, la CNDH acreditó violaciones a los derechos, a la libertad, legalidad, seguridad jurídica, integridad personal y trato digno en agravio de Flores Bulnes, cometidas por elementos de la Secretaría de Marina.

La CNDH documentó que el migrante hondureno fue asegurado sin que sus aprehensores tuvieran facultades para revisar y constatar si las personas cuentan con sus documentos migratorios, ni para detenerlos el carecer de ellos; dichos servidores tampoco se encontraban actuando en apoyo de alguna solicitud de auxilio formulada por la autoridad migratoria para detener al agraviado.

La CNDH comentó que en su rechazo a la propuesta de conciliación, la Secretaría de Marina argumentó que la interpretación del Artículo 2s-, fracciones II y III de su Ley Orgánica, la faculta para cooperar en el tráfico ilegal de personas y en el mantenimiento del orden constitucional del Estado mexicano.

""Al respecto, cabe senalar que esa fracción no le otorga facultad expresa a esa institución para realizar funciones de verificación y vigilancia migratoria e invadir con ello la competencia y atribuciones del INM y la Policía Federal Preventiva"", dijo la CNDH.

La CNDH senaló que la Armada de México no puede fundamentar su actuación con base en interpretaciones de la ley que resultan violatorias de las garantías de seguridad jurídica y de legalidad del agraviado, consagradas por los artículos 14 y 16 constitucionales, además de que también se violó lo establecido en la Convención sobre Condición de los Extranjeros, el Conjunto de Principios para la Protección de todas las Personas sometidas a cualquier forma de Detención o Prisión y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

En su recomendación, la Comisión solicitó también que se otorgue vista a la inspección y Contraloría General de Marina para que investigue a los elementos involucrados en los hechos y resuelva conforme a derecho, toda vez que se pudo evidenciar una detención arbitraria y trato cruel cometidos por personal de la Secretaría de Marina en contra de José Antonio Flores Bulnes.

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