El Administrador de Servicios al Contribuyente del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Gabriel de Jesús García Alegría, informó que abril es el mes donde las personas físicas que tienen actividad de arrendamiento, honorarios y otros ingresos, deben cumplir con su declaración anual 2017.
En ese sentido, dijo, los únicos que no están obligados son aquellas personas que, exclusivamente, tienen ingresos por salarios.
Según lo comentado, el SAT cada año busca que los contribuyentes tengan mayor facilidad de cumplir con sus obligaciones fiscales, donde los contribuyentes pueden llegar a tener saldos a favor.
“Este año toda la información proviene de la facturación electrónica. El SAT lanzó un aplicativo para asalariados donde ya viene prellenado, contiene la información del contribuyente, sus retenciones, sus pagos provisionales y sus deducciones personales”, explicó.
Con esto, señaló, ya no es necesario que los contribuyentes o personas físicas se acerquen a su patrón a solicitar su hoja de retenciones, ya viene prellenado en el aplicativo.
Para hacer la declaración anual, explicó, que las personas necesitan sus contraseñas, mismas que están conformadas de ocho caracteres; únicamente se requiere de la firma electrónica, para aquellos casos que tengan saldo a favor mayor a los 50 mil pesos.
Recordó que en el 2017 se registraron 7.4 millones de declaraciones de personas físicas; hasta el 3 de abril de este año, se tenían 481 millones de pesos de 105 mil contribuyentes que han realizado su declaración anual en todo el país.
Las sanciones para las personas que no cumplan con sus obligaciones fiscales pueden ser acreedores de diferentes sanciones, dependiendo el régimen en el que estén dados de alta.
Finalmente, comentó que en el nuevo aplicativo viene un modo denominado “Visor”, donde los contribuyentes pueden ver el estatus de su devolución.












