Batalla legal podría culminar en el Trife antes del 1 de octubre

"Julio César Rincón * CP. Una vez que el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado (TEPJE) dé entrada a las revisiones presentadas por la ""Alianza por Chiapas"" y ""Por el bien de todos"", deberá notificar a los partidos políticos, coaliciones y al mismo Instituto Estatal Electoral (IEE) las resoluciones respectivas de la misma.

Y es que de acuerdo con el Artículo 44 de la Ley de Procedimientos Electorales del Estado de Chiapas, el juicio de inconformidad es procedente contra los actos del Consejo General del IEE y contra las resoluciones dictadas por este órgano al resolver el recurso de revisión.

Así mismo, el apartado procederá para impugnar las determinaciones de la Contraloría de la Legalidad Electoral (CLE), mientras el Consejo General dentro de un plazo establecido deberá remitir al TEPJE el escrito original mediante el cual se presenta el medio de impugnación que a la letra indica: ""La falta de cumplimiento a esta disposición, por parte del servidor público responsable, será sancionado con una multa de 10 a 100 días de salario mínimo vigente en la entidad.""

Cabe destacar que son competentes para conocer y resolver sobre el juicio de inconformidad, las salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado, cuyos integrantes dictarán resolución en forma definitiva dentro del plazo máximo de tres días, después de que se declare cerrada la instrucción.

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