Casos de tendederos deben de proceder jurídicamente

Sobre el movimiento de los “Tendederos del Acoso” que han realizado mujeres en escuelas de nivel medio superior y superior, así como en diferentes espacios públicos en varias partes del país, para denunciar públicamente acoso y hostigamiento sexual por parte de hombres, es importante que trasciendan en términos jurídicos para que las víctimas no sean al final las acusadas de violentar los derechos humanos.

José Manuel González Iniesta, abogado especialista en derechos humanos, señala que si bien la manifestación es un derecho humano de toda persona, este termina hasta que se violentan los derechos de otra.

El movimiento de los tendederos es grave y genera polémica porque tiene muchas aristas, pero más allá de que los señalamientos son ciertos o no, estos deben de trascender conforme a derecho.

Hay que considerar que no todas las legislaciones del país establecen la figura de “injurias” como delito, que era hacer comentarios lascivos con la finalidad de lastimar la reputación de otra persona, pero las personas involucradas en un tendedero podrían actuar por la vía civil y demandar un daño moral, en caso de ubicar a quien realizó el señalamiento.

Podría acudir a un juzgado civil donde el juez determinará posterior a un proceso jurídico el monto económico sobre la reparación del daño que debería hacer la parte acusadora, “esto solo en caso de ubicar a quien hizo el señalamiento en el ‘tendedero’, aunque en la mayoría de los casos no pasa y no puede ejercerse ese proceso”.

En algunos casos, cuando el “tendedero” se da dentro de una escuela o institución, los directivos o patrones proceden a destituir o despedir a los señalados o cambiarlos de área, a pesar de que deben proceder conforme a su protocolo interno de actuación para este tipo de situaciones, aunque muchos no lo aplican por la reputación de la institución, o bien, ni siquiera lo tienen.

Se puede proceder al despido cuando existe una resolución inculpatoria y se demostró que la víctima sí causó un hostigamiento o acoso sexual.

“Los ‘tendederos’ afectan la integridad de los señalados porque sin pruebas son acusados y pueden tener consecuencias con su entorno, y también para la presunta víctima”, añadió.

Enfatizó que existen instrumentos jurídicos para la víctima en caso de un acoso y hostigamiento, aunque es una realidad que no todos los Ministerios Públicos del país le dan seguimiento, incluso en las escuelas y universidades, sin embargo, es lo primero que deben ejercer como su derecho.