Chiapas ha sido un referente mayormente negativo en asuntos relacionados a manifestaciones de violencia política contra las mujeres en razón de género, manifestó la consejera electoral del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), María Magdalena Vila Domínguez.
Para el proceso electoral 2021, indicó que lo que se espera es que se dé una disminución de estos asuntos o incluso ninguno, y en caso de haberlos se actuará con base a una herramienta importante como es el procedimiento especial sancionador, creado para actuar contra conductas constitutivas de violencia política por razón de género.
Esto lo comentó durante su participación en el panel titulado “Armonización de la reforma en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género en las legislaciones electorales de las entidades, experiencias, avances y retos”.
Dicho panel formó parte del trigésimo primer Congreso Internacional de Estudios Electorales “Los dilemas de la democracia en América Latina”, organizado por la Sociedad Mexicana de Estudios Electorales.
La consejera dijo que hablar de violencia política contra las mujeres hoy día tiene su origen en una serie de conductas que se habían normalizado y que son una forma de ejercer violencia, que ya fueron visibilizadas.
Indicó que desde 2016, Chiapas empezó a ser un referente sobre violencia política contra las mujeres en razón de género, con los casos de Chenalhó y Oxchuc, con mujeres que alzaron la mano para participar en los asuntos públicos de sus municipios, evidenciando un sesgo en el servicio público que no está diseñado para ellas.
El proceso electoral 2017-2018 dejó una gran experiencia en el IEPC, ya que por primera vez fue solicitado ante el instituto la posibilidad de negarle el registro de candidaturas a determinadas personas, exhibiendo las denunciantes sentencias ejecutorias de los tribunales sobre violencia política contra las mujeres.
“Llegaron mujeres de Las Rosas y Salto de Agua señalando que deberían negarle el registro a determinadas personas porque ejerció violencia política en su contra, asegurando que no les permitieron acceder al cargo al que habían sido electas en el proceso electoral anterior”, dijo.
Agregó que en aquel entonces el Código de Elecciones no preveía como requisito de elegibilidad no tener demandas o sentencias por dicha conducta, de lo contrario la persona no podría ser registrada como candidato.
Aunque fue complejo establecer dicho requisito, los tribunales emitieron una resolución importante, para empezar a poner el precedente de que los candidatos a puestos de elección popular tengan un modo honesto de vivir, implícitamente que no incurrieran en violencia política.
Apuntó que se substanciaron en ese proceso electoral alrededor de ocho asuntos, en Ocotepec, Huixtla, Salto de Agua, Las Rosas y Simojovel.
En dos de ellos, mujeres se quejaron por violencia política, en tres por agresiones una vez que manifestaron su intensión de ser candidatas.
Agresiones
La consejera indicó que en los últimos tres casos no se pudo acreditar en su momento las agresiones, específicamente quiénes eran las personas que se debían sancionar porque los actos se hicieron por redes sociales.
Refirió también un asunto que trascendió en el 2018, el famoso caso de “las Manuelitas”, específicamente cuando se iniciaron las asignaciones para las regidurías de representación proporcional y empezaron a recibir renuncias masivas de mujeres que tenían el derecho para ser designadas, de acuerdo a la planilla. En total recibieron más 60.











