Clausuran a negocios por manejo de residuos

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) impuso clausuras temporales parciales a cinco establecimientos en Tuxtla Gutiérrez dedicados al servicio de mantenimiento automotriz por no identificar, separar, envasar y etiquetar los residuos peligrosos sólidos impregnados con hidrocarburos y natas de aceite que producen durante la realización de sus actividades.

El personal de la Profepa durante las visitas de inspección, realizadas los días 29, 30 y 31 de enero, encontró que los cinco establecimientos de autoservicio ubicados en la capital chiapaneca no cuentan con un sistema de trampas de grasas y aceite que permita separar las natas de hidrocarburos del agua residual previo a sus descargas, además del mal manejo de residuos antes mencionado.

Asimismo, se detectó que en uno de ellos existen tres áreas de suelo natural contaminadas con hidrocarburos.

La Procuraduría expresó dará seguimiento a los procesos derivados de las visitas de inspección para que las empresas lleven un manejo adecuado de los residuos peligrosos generados en sus instalaciones derivados de sus actividades.

Obligaciones

Dicha institución realiza visitas de inspección para verificar el cumplimiento de todas las obligaciones que en material de residuos peligrosos deben cumplir quienes los generan, y las empresas que prestan el servicio de recolección, transporte, acopio, disposición o reciclamiento de los mismos.

De acuerdo con la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), un residuo peligroso (RP) es un material o producto cuyo propietario o poseedor desecha y se encuentra en estado sólido o semisólido, líquido o gaseoso, en recipientes o depósitos. Es susceptible de ser valorizado o sujetarse a tratamiento o disposición final por contener al menos una de las características Cretib (Corrosivo, Reactivo, Explosivo, Tóxico, Inflamable, Biológico-infeccioso).

Para las industrias que incluyen alguna sustancia dentro de su proceso de producción, y generan residuos peligrosos, es obligación de cada una de ellas conocer y determinar las características de peligrosidad, vía el procedimiento establecido en la NOM-052-Semarnat-2005, que establece características, procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos, así como las pruebas analíticas de la prueba CRIT.