Cobranza delegada contradice la Ley Federal del Trabajo

Cobranza delegada contradice la Ley Federal del Trabajo

La cobranza delegada sobre los créditos de nómina aprobada por la Cámara de Diputados contradice la Ley Federal del Trabajo y vulnera los derechos de los trabajadores a abusos de financieras, tal como ocurría en Chiapas hasta hace tres años, en que se abrogó este esquema de las instituciones públicas, comentó Carlos Daniel Conde Ramírez, abogado litigante.

Comentó que en la entidad ya existe un antecedente de esquema de cobranza y se abrogó hace tres años aproximadamente, porque en muchos casos se volvían cuentas impagables debido a que las empresas nunca entregaban estados de cuenta y manejaban tasas de interés muy altas.

Se registraron muchos casos en que el trabajador solicitaba un crédito por un año, pero las financieras seguían reportando los cobros y el patrón descontaba de la nómina; por ello, se emitió un decreto para prohibir a las dependencias públicas aplicar este tipo de cobranza.

Las financieras ofrecían créditos fáciles y rápidos, únicamente solicitaban el talón de nómina y los cobros se iban directo al área de recursos humanos de las instituciones públicas para hacer los descuentos. Para muchos resultaba muy atractivo, pero después veían las consecuencias.

Reforma aprobada

La reforma al Código de Comercio que fue aprobada el 17 de marzo por la Cámara de Diputados y enviada al Senado, faculta a las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes) para que puedan hacer cobros directamente sobre la nómina de un trabajador al adquirir un crédito.

Es decir, que si un trabajador de una entidad pública o privada, en el momento que tramite un crédito en una casa comercial o una financiera, deberá firmar como requisito el que le puedan descontar vía nómina los pagos correspondientes, obligando al patrón a hacer ese descuento.

En el caso del Código de Comercio, al ser una legislación federal, si se aprueba la reforma puede aplicar en toda la República, aunque en el Senado ya se emitió la postura de rechazo ante las reacciones que ha causado, sumándose el propio presidente López Obrador, quien dijo que si llegara a aprobarse la vetará.

Detalló que la Ley Federal del Trabajo dice claramente que está prohibido descontar de los salarios a los trabajadores salvo que sea por pensión alimenticia, seguridad social y vivienda, por lo que, al establecer la cobranza delegada en créditos de nómina en el Código de Comercio, pareciera que se habla de un asunto entre particulares, pero no será así.

Por ello, en la vía propuesta no fue la idónea, porque es un asunto laboral y no puramente comercial. De ser aprobado, tendría que modificarse también la Ley Federal del Trabajo y reglamentar perfectamente el esquema de cobranza, con porcentajes límites de los descuentos, formas de pago y estados de cuenta obligatorios, para que no se vulnere los salarios de los trabajadores.