Confirman a Toledo Blas como edil de Arriaga

Confirman a Toledo Blas como edil de Arriaga

Quienes forman parte del Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH), a través de la sesión pública de este lunes, ratificaron como presidente municipal de Arriaga a José Alfredo Toledo Blas, a pesar de los recursos de impugnación que interpusieron funcionarios municipales sobre que el edil no cumplía con los principios de elegibilidad.

En ese sentido, los magistrados explicaron que fueron Alma Ruth Gutiérrez Vera, síndica municipal y otros regidores quienes promovieron un expediente contra el Congreso de Chiapas y se inconformaron con la llegada de dicha persona al Ayuntamiento.

Después de realizar los análisis, los integrantes del Pleno del TEECH concluyeron: “Se confirma el nombramiento del ciudadano José Alfredo Toledo Blas como presidente municipal del Ayuntamiento de Arriaga, Chiapas, porque de la normativa existente en el estado de Chiapas se advierte que no hay precepto jurídico que obligue al Congreso del Estado a analizar nuevamente los requisitos de elegibilidad de un funcionario municipal que sustituya la falta definitiva de uno de los integrantes del Cabildo”.

El respaldo que muestran los integrantes del TECCH es que fue el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) el organismo que el pasado 4 de julio de 2018 entregó la constancia de mayoría a los integrantes del ayuntamiento, donde formaba parte Toledo Blas como el tercer regidor.

“Por lo que si el Congreso analizara nuevamente el requisito de elegibilidad, atentaría en contra de la certeza, seguridad jurídica, así como el principio de definitividad de las etapas de los procesos electorales, principios consagrados a nivel constitucional”, agrega el TEECH.

“Por otra parte, la temporalidad de la designación es una determinación que está comprendida en el ámbito de las responsabilidades de los servidores públicos, es decir, se trata de una medida político-administrativa relacionada con el derecho parlamentario, lo que jurídicamente imposibilita a este Tribunal Electoral realizar un análisis sobre lo solicitado por los actores”, finalizaron los magistrados en torno al caso de Arriaga.

En otro orden de ideas, el Tribunal Local pide que el Consejo General del IEPC, en las sesiones que lleven a cabo, no prohíba el uso de la voz a los representantes de los partidos políticos, considerando los medios de impugnación que presentó Eloy Muñoz Palacios, en su calidad de representante propietario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), por el incidente ocurrido la sesión extraordinaria celebrada el 15 de julio de 2019.

“Se exhorta al Consejo General del IEPC, a través de su consejero presidente, que en las subsecuentes sesiones ordinarias o extraordinarias que lleven a cabo se respete el derecho del uso de la voz a los representantes de los partidos políticos, consagrado en el artículo 28, del Reglamento de sesiones y comisiones del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana”, puntualiza la sentencia.