Confirman candidatura de Morena en Mapastepec

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (Teech) para confirmar el registro de Elmer Nicolás Noriega Zavala como candidato a la presidencia municipal de Mapastepec.

En su última sesión, la Sala Regional revocó el acuerdo CNHJ-CHIS-846/2021 emitido por la Comisión de Honestidad y Justicia de Morena, y con plenitud de jurisdicción, resolvió la queja interpuesta por una actora y confirma la postulación de Noriega Zavala.

La Sala Regional Xalapa comentó que la decisión es porque con independencia de que la actora no controvirtió las razones expuestas por el Teech, lo cierto es que sus alegaciones relativas a que le corresponde ser postulada bajo la figura de la reelección como candidata a la presidenta a dicho municipio resultan insuficientes para alcanzar su pretensión.

Además, la Sala confirmó la resolución del Teech que, a su vez, confirmó el acuerdo aprovechado IEPC/CG-A/159/2021 aprobado por el Consejo General, con el que se declaró improcedente la solicitud de registro de una ciudadana como candidata del Partido Acción Nacional (PAN) al cargo de diputada local por el principio de representación proporcional.

Lo anterior, ya que la determinación del Teech fue conforme a derechos, puesto que la ciudadana no acreditó separarse del cargo público que ostentaba con noventa días de anticipación a la jornada electoral.

También, la Sala Regional confirmó la sentencia del Teech que, a su vez, confirmó el acuerdo del OPLE de ordenar al Partido Encuentro Solidario (PES) la sustitución del candidato a la presidencia municipal de Villa Comaltitlán, al resultar fundado el agravio de elegibilidad relativo a la separación del cargo, empleo o comisión, 120 días antes de la jornada electoral.

Lo anterior, porque contrario a lo expuesto por el demandante, el Teech no incurrió en falta de exhaustividad, toda vez que en la valoración el expediente no se encontraron elementos que acreditaran la separación material del cargo de regidor.