Confirman empate en Tapilula; cambian resultado en Sitalá

En un primer bloque, la Sala Regional Xalapa confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del estado de Chiapas que confirmó el cómputo municipal de la elección de Tapilula, por el cual se declaró un empate entre los candidatos postulados por los partidos políticos Mover a Chiapas y Verde Ecologista de México (PVEM) y como consecuencia de ello, requirió al Congreso local emitir dentro del plazo legal, la convocatoria para celebrar la elección extraordinaria respectiva.

Lo anterior, al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 267 y su acumulado 275, promovidos por los partidos antes citados. 

Los magistrados federales determinaron que no se acreditaban las irregularidades señaladas por los promoventes con las que pretendían revertir el empate de la elección, referentes a que en la casilla 1406 contigua 1, en la que actuó como funcionario un servidor público municipal, mismo que se comprobó que había renunciado al cargo desde el pasado 30 de enero de este año, por lo que el día de la jornada electoral ya no era servidor público.

Igual calificativo se dio al agravio relativo a la supuesta irregularidad respecto de que otro funcionario había actuado cuando solo se asentó su nombre sin apellidos. Sin embargo, dicha afirmación resultó ser infundada porque en las actas de escrutinio y cómputo y de jornada electoral se obtuvo que sí fue asentado su nombre completo, por lo que la responsable lo pudo ubicar incluso en el listado nominal de la misma casilla. 

Por otra parte, también se acreditó que el procedimiento de cómputo y recuento se realizó conforme a la normativa electoral aplicable, de ahí que se confirmara la determinación del Tribunal local de declarar un empate en la elección. 

 Sitalá

Además, modificó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del estado de Chiapas, al anular la votación recibida en una casilla correspondiente a la elección de miembros del Ayuntamiento de Sitalá, y con ello se dio el cambio de ganador en favor del partido Mover a Chiapas.

Lo anterior, al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 274 del presente año, promovido por los partidos Mover a Chiapas, de la Revolución Democrática (PRD), Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Acción Nacional (PAN) y Encuentro Social (PES).

En el juicio de referencia, la pretensión de los actores era que se revocara la sentencia controvertida, y que se declarara la nulidad de ocho casillas. En el estudio de fondo, el Pleno de la Sala Regional Xalapa declaró fundado el agravio relativo a la existencia de irregularidades consistentes en ejercer presión sobre los electores y la entrega de un paquete electoral por persona no autorizada para ello, respecto de la casilla 1223 Extraordinaria 1.

En consecuencia, declaró la nulidad de la votación recibida en dicha casilla, y al recomponer el cómputo municipal, se dio el cambio de ganador a favor del Partido Mover a Chiapas.

Asimismo, quedó plenamente acreditado que la secretaria de la mesa directiva de tal casilla había sido postulada para el cargo de segunda regidora por el Partido Verde Ecologista de México, y posteriormente fue sustituida.

Finalmente y dado el cambio de ganador que operó como consecuencia de la recomposición del cómputo municipal, los magistrados federales ordenaron al Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas, expida las constancias de mayoría a la planilla de candidatos registrada por el Partido Mover a Chiapas.