"Elam Náfate * CP. ""Nosotros no tenemos la menor duda, el Congreso debe tomar la determinación de quitarles el fuero legal que tienen, turnárselo al Tribunal de Justicia para que ellos emitan el dictamen final que establece la propia Constitución"", precisó Pedro Raúl López Hernández, consejero para la Atención de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas.
""Nosotros queríamos se resolviera al interior, buscamos alternativas de solución; no fue posible por la cerrazón de los tres consejeros que han dejado en un estado de indefensión a los trabajadores y a los mismos consejeros"", explicó.
Dijo que ante esta situación que ha prevalecido y donde ya hay agravios de manera directa, se vieron en la necesidad de tomar estas medidas.
Y es que el pasado jueves y viernes, fueron presentadas denuncias formuladas por el secretario ejecutivo, ""porque él es el directamente agraviado, pero nosotros estamos de acuerdo en los términos en los que se presentó. Sentimos que el Congreso no tendrá una evasiva para que intervenga"", señaló.
Diego Cadenas Gordillo, secretario ejecutivo de este organismo, presentó dos recursos legales, uno ante la Procuraduría General de Justicia del Estado, que es una denuncia penal en contra de Florencio Madariaga Granados, concretamente por los delitos de ejercicio ilegal del servicio público cometidos por su persona y Marina Patricia Jiménez Ramírez.
Dijo que esos delitos se encuentran realmente tipificados, el de ejercicio ilegal del servicio público, porque es evidente que ellos no tomaron protesta de manera legítima en el cargo de consejeros, ya que para ser consejeros de derechos humanos en el estado de Chiapas se requiere ser chiapaneco por nacimiento.
Ellos no reúnen este requisito, ya que Marina Patricia Jiménez Ramírez es originaria del Distrito Federal y Florencio Madariaga Granados tiene dos registros, uno en el Distrito Federal y otro en el Estado de México.
El otro delito es por coalición de servidores públicos, y ahí están los tres consejeros, Florencio Madariaga, Marina Patricia Jiménez y Lorenzo López Méndez, ""porque ellos se coaligaron, se juntaron para reformar el reglamento"", destacó López Hernández.
En la Ley, en el Artículo 41, se establece con mucha claridad cuáles son las facultades y atribuciones y de quién depende el secretario ejecutivo; ""ellos hicieron con un simple acuerdo, el pleno del Consejo con tres consejeros, hacen un acuerdo para que esta Secretaría Ejecutiva pase a depender directamente de Presidencia"", mencionó.
Aparte de eso, dijo que han incurrido en abuso de autoridad porque existe una serie de movimientos que afectan a los trabajadores y servidores públicos del Consejo.
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