Congreso, único en no abordar terapias de reconversión

Congreso, único en no abordar terapias de reconversiónPidieron se legisle sobre el tema. Diego Pérez / CP

Yaaj México, organización encargada en promover, proteger y defender los derechos humanos de la población LGBT+ en México, exhibió al Congreso de Chiapas como el único que se niega a abordar los esfuerzos para corregir, reprimir o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de las personas (Ecosig).

Para la organización, las terapias de conversión son tratos crueles, inhumanos y degradantes, incluyendo prácticas como la privación ilegal de la libertad, violaciones correctivas, violencia psicológica, electroshocks y hasta castraciones químicas.

Además, dichas prácticas son un delito de acuerdo a la ley general para prevenir, investigar y sancionar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

Violaciones

Los Ecosig pueden ser ubicados como: "terapias" de reconversión, violaciones "correctivas", electroshocks, entre otros tratos, crueles, inhumanos y degradantes.

Para la organización, existen 19 entidades de México que ya prohíben los Ecosig, mientras que 13 aún no legislan en contra de la tortura de las personas LGBTIQ+.

Las reformas conocidas como Ley #NadaqueCurar han sido aprobadas en los Congresos de: Baja California, Baja California Sur, Ciudad de México, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas.

A nivel federal, la Cámara de Diputados y Senado de la República han aprobado con una mayoría significativa dicha ley, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de junio del 2024. Por ello, todos los congresos tienen que prohibir este fenómeno adaptando sus normativas a las realidades locales y facilitando el acceso a la justicia para las víctimas y sus familias.

Los dictámenes han sido presentados en las Comisiones respectivas de los Congresos de: Aguascalientes, Campeche, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Michoacán, Nayarit, San Luis Potosí, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz; aunque en la mayoría se encuentran detenidos.

Únicamente, el Congreso de Chiapas aparece como el estado que se niega a tocar el tema.

"En nuestro país, aunque ya existe esta protección a nivel federal que aplica en los 32 estados, es necesario que cada entidad también armonice sus propias leyes locales para fortalecer la prohibición y garantizar su aplicación directa", exhortó Yaaj.

Según el Título Octavo "Delitos contra el libre desarrollo de la personalidad" Capítulo X (Delitos contra la orientación Sexual o la identidad de género de las personas) en su artículo 209 Quntius, se estipula que: se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.