Convivencia en el respeto

Este viernes entró en vigor en el Distrito Federal la Ley de Sociedades de Convivencia, que tardó cinco anos en ser aprobada, pues en su camino legislativo contó con múltiples apoyos y rechazos. Por perfectible que pueda ser, la legislación significa un avance en materia de convivencia social, en tanto que refleja que la mexicana es una sociedad cada vez más solidaria y tolerante.

Con más ánimo de explotar el sensacionalismo que de reflejar la realidad, hay quienes han visto en el trámite iniciado ayer en las delegaciones capitalinas como el arranque de las bodas gay, cuando en esencia la legislación es mucho más amplia que eso y ampara ciertamente a personas del mismo sexo, pero también a quienes han compartido su vida por diferentes razones y con el paso del tiempo han llegado a adquirir derechos y obligaciones que antes sólo podían tenerse por lazos consanguíneos.

El país ha cambiado demográficamente y conceptos como el de familia se vuelven cada vez más difusos y menos esquemáticos.

Sólo en el DF se han detectado 23 tipos diferentes de hogar, que parten de la clásica estructura padre-madre-hijos y deviene en múltiples variantes: madres o padres solteros, mujeres cabezas económicas de la casa, divorciados, hijos de otros matrimonios que viven con la nueva pareja de padre o madre, adopciones, y sus demás modalidades. Todo lo cual se multiplica con las personas que sin ser familiares viven juntas, con las uniones de personas del mismo sexo, ahijadas que cuidan madrinas o sobrinos que cuidan tíos.

No reconocer este tipo de vínculos generó en el pasado, además de comprensibles dramas personales, problemas patrimoniales y sucesorios que sólo prohijaban injusticias.

La del Distrito Federal no es la primera ley en tal sentido. Coahuila ya había legislado con anterioridad la figura jurídica conocida como Pacto Civil de Solidaridad, que en términos generales ampara lo mismo que la normatividad capitalina, haciendo énfasis en la regulación de los aspectos económicos y administrativos derivados de una relación de dos personas, sean o no pareja.

En el debate sobre ambas leyes no han quedado exentas consideraciones de tipo religioso y moral, que son entendibles y propias de la libertad de creencia y pensamiento de las personas, lo que, sin embargo, al final no pesó mayoritariamente en los respectivos órganos legislativos que las aprobaron.

Aun así, los alcances del nuevo contrato jurídico no equivalen al matrimonio, que tiene muchas mayores atribuciones, sobre todo en materia de adopción y crianza de hijos. En otros países ya existe tal equivalencia, pero el momento social y cultural de México parece advertir que con la nueva ley se dan pasos importantes y que cualquier ampliación deberá ser meditada en el futuro, con base en una consulta amplia.

Lo valioso de todo esto es, al final, que la sociedad mexicana se adecua a su nueva realidad familiar y demográfica, por lo que tiende a reconocer, dentro de un marco de respeto, las diferentes razones por las que dos personas deciden vivir juntas: por necesidad, por compromiso, por conveniencia o por simple y llano amor. (El Universal)