Deducciones ayudan a tener saldo a favor

A excepción de los contribuyentes que tributaron en el Régimen Simplificado de Confianza durante el ejercicio 2023, el resto de personas físicas tienen el derecho de presentar deducciones personales por diversos gastos. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) reiteró algunos conceptos que todavía son desconocidos para muchos.

Deducciones

El monto total de las deducciones personales no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales del ejercicio a declarar o 15 % del total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.

Lo anterior, solo exceptuando gastos médicos por incapacidad y discapacidad, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas.

Los donativos, no onerosos ni remunerativos, que se otorguen a instituciones autorizadas para tal fin y a la Federación, son deducibles. El límite es hasta 7 % de los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior para los otorgados a donatarias autorizadas y hasta 4 % para los otorgados a la Federación.

Las colegiaturas, con un límite anual pagado por cada uno de los hijos, en preescolar 14 mil 200 pesos; en primaria 12 mil 900 pesos; en secundaria, 19 mil 900 pesos; profesional técnico, 17 mil 100 pesos; bachillerato o su equivalente, 24 mil 500 pesos.

Aplican también los gastos de transporte escolar cuando este sea obligatorio o cuando se incluya en la colegiatura.

Las aportaciones complementarias al retiro incluyen las aportaciones complementarias o voluntarias realizadas directamente a la subcuenta.

Igualmente, las cuentas especiales y personales para el ahorro, que son los depósitos que tengan como base un plan personal relacionado con edad, jubilación o retiro, cuyo monto no exceda de 152 mil pesos en el año.

Especialista

Armando González Arroyo, titular de la delegación Chiapas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, indicó que las deducciones personales aumentan la posibilidad de resultar con saldo a favor, dependiendo del régimen de tributación.

Indicó que el contribuyente tiene una actividad empresarial, las deducciones son estructurales, relacionadas con la obtención de sus ingresos.