Delito de falsificación se castiga con cárcel

"B4 - Sergio Granda * CP. La caída de Florencio Madariaga Granados es un hecho ya que son muchas las ilegalidades que pesan en su contra, además de provocar actos de ingobernabilidad en contra de Chiapas, aseguran diputados integrantes de la LXV Legislatura local.

Integrantes de la Mesa Directiva del Congreso del Estado estiman que son muchas las acciones de ilegalidad en las que ha venido recurriendo el consejero presidente del Consejo Estatal de Derechos Humanos de Chiapas (CEDH), Florencio Madariaga Granados.

Presumiblemente dicen que acá al parecer ""todo empezó mal"", ya que solamente fue respaldado en este encargo por uno de los rectores de universidades, que presumiblemente atendió la convocatoria respectiva previa a su elección.

Sin embargo, estiman que aunque Madariaga Granados en las últimas horas ha hecho uso de un presunto respaldo de organismos nacionales en contra de la discriminación, ""por el hecho de no ser chiapaneco"", consideran que sólo habrá que esperar una decisión de peso para que éste caiga del encargo de responder por la defensa de los derechos humanos de los chiapanecos.

Respecto de una presunta duplicidad de su identidad a través de la Clave Única de Registro Poblacional (CURP), como trascendió en medios de comunicación estatales, consideran que Madariaga Granados no tiene el peso suficiente para tentar y forzar futuras reformas a la Ley del Consejo Estatal de Derechos Humanos y así salvar el hecho de no ser chiapaneco por nacimiento, así como continuar en este encargo dentro del CEDH.

Finalmente, presumen que Madariaga Granados incluso se encuentra en una agria disputa con otros integrantes del Consejo Estatal de Derechos Humanos, ya que ha corrido personal de forma indebida, uso de duplicidad de documentación oficial, pero sobre todo, carece de la aceptación de muchos sectores de la sociedad para seguir en el cargo que viene desempeñando.



B12 - Elam Náfate * CP. De acuerdo con el Código Penal Federal, en el Artículo 243 señala que el delito de falsificación se castigará, tratándose de documentos públicos, con prisión de cuatro a ocho años, y de 200 y 360 días de multa.

Es decir que Florencio Madariaga Granados, presidente del Consejo Estatal de los Derechos Humanos, estaría incurriendo, de acuerdo con juristas, en este delito por contar con dos Claves Únicas de Registro de Población en nuestro país, y por lo tanto, amerita cárcel.

Este mismo artículo señala que en el caso de documentos privados, el castigo sería prisión de seis meses a cinco años y de 180 a 360 días multa.

Si quien realiza la falsificación es un servidor público, la pena de que se trate se aumentará en un ciento por ciento.

El Artículo 245 del Código Penal Federal establece que para que el delito de falsificación de documentos sea sancionable como tal, se necesita que concurran los requisitos siguientes:

I. Que el falsario se proponga sacar algún provecho para sí o para otro, o causar perjuicio a la sociedad, al Estado o a un tercero;

II. Que resulte o pueda resultar perjuicio a la sociedad, al estado o a un particular, ya sea en los bienes de éste o ya en su persona, en su honra o en su reputación, y

III. Que el falsario haga la falsificación sin consentimiento de la persona a quien resulte o pueda resultar perjuicio o sin el de aquella en cuyo nombre se hizo el documento.

Y el Artículo 244, señala que ""el delito de falsificación de documentos se comete por alguno de los medios siguientes: añadiendo o alterando cláusulas o declaraciones, o asentando como ciertos hechos falsos, el que a sabiendas hiciere uso de un documento falso o de copia, transcripción o testimonio del mismo, sea público o privado"".

Tras la revisión de los artículos 244 y 245, la resolución contra la persona responsable del delito deriva de la aplicación de estos dos artículos más el 243, es decir, el delito está penado con cárcel.

Al utilizar doble CURP, Florencio Madariaga Granados comete el delito de usurpación o falsificación de documentos públicos, o engaño a la autoridad legal. Es decir, al ostentar doble Clave Única de Registro de Población (CURP), y si éstas fueron utilizadas o presentadas en su momento ante una institución y las hace valer, estaría cometiendo un delito grave.

Y si fuera el caso de que con ellas hubiese obtenido credenciales para votar, la situación es peor aún: proporcionar datos falsos a la autoridad electoral es un delito electoral (de carácter federal) y debe ser denunciado ante la Fiscalía Especializada para la Atención a Delitos Electorales de la PGR.

Lo que un ciudadano debe de realizar cuando se detecta a una persona que ostenta una doble identidad es acudir a la Delegación de la PGR en su localidad y levantar la denuncia correspondiente. Ellos tienen la obligación de investigar, documentar los ilícitos que está cometiendo esta persona y proceder conforme a la ley.

Ahora, si el inculpado quiere solucionar su situación, lo que debe de realizar es un juicio de rectificación de nombre ante el Registro Civil, obteniendo un acta de nacimiento nueva, con los datos correctos.

Habiendo logrado eso (que no es ni fácil ni rápido ni barato) sería necesario que tramitara las correcciones y reposiciones de todos sus documentos oficiales en nuestro país.

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