"Francisco Valdés Ugalde * Universal. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó las modificaciones legales que despenalizan el aborto en las primeras 12 semanas de embarazo. Como ha quedado claro en las manifestaciones públicas y en la deliberación sobre el tema, la cuestión es compleja, controvertida y espinosa, y los puntos de vista de los diferentes actores chocan y se enfrentan.
La legislación aprobada no consiente el aborto. Lo que hace es quitar los castigos penales a que sus practicantes quedan sometidos en caso de practicarlo en el término senalado. Dicho de otro modo, deja en libertad a la mujer para decidir interrumpir el embarazo y, en consecuencia, no concibe esa eventual decisión como homicidio. Es la mujer la que lleva la carga de la decisión.
A esta legislación le sigue de inmediato una serie de preguntas y cuestiones éticas y políticas. Varias de ellas me parecen de la mayor importancia pues están implícitas o explícitas en la disposición del órgano legislativo.
La primera de estas cuestiones es que, en un asunto que llama a posiciones dramáticas, se requiere convocar la capacidad de razonar y del debate tolerante. Debemos preguntarnos cuál de los valores implicados debe prevalecer. Hay al menos tres de ellos en juego: el respeto a la vida humana, el desarrollo adecuado de la sociedad política y el derecho ciudadano de la mujer a la igualdad. John Rawls, el más importante filósofo de la democracia liberal en la segunda mitad del siglo XX lo plantea, en su Liberalismo político (Fondo de Cultura Económica) de este modo: ""Cualquier balance razonable de estos tres valores dará a la mujer adulta el obligado derecho calificado a decidir si mantiene o suspende su embarazo durante el primer trimestre. La razón para hacerlo a esta temprana altura de la gestación es que el valor político de la igualdad de la mujer es primordial y es menester darle contenido y fuerza"". Puede agregarse que, aun sin llegar a definiciones extremas, la decisión última de una persona adulta sobre sí misma es, en último análisis, una cuestión particular. Por más que su ser sea resultado de un complejo entramado social entre quienes le rodean y le dieron origen, una persona capaz de decidir puede hacerlo también sobre su vida y su muerte. Traspasar este límite imponiendo una razón del Estado sobre el cuerpo y la conciencia de la persona es contravenir la supremacía de la razón pública, principio central de la democracia constitucional, que es resultado de la deliberación colectiva ordenada por valores encontrados, conocimientos disponibles y procedimientos justos.
De ahí la esencia del Estado laico. Un Estado democrático o es laico o no es democrático. Cualquier introducción a los principios del Estado de dogmas religiosos o filosóficos por encima de la deliberación pública y del debido proceso legislativo es contraria a la esencia de una constitución democrática. Ningún dogma doctrinario puede, legítimamente, organizar el Estado. Sólo el legislador, democráticamente electo y respetando los procedimientos de la decisión legislativa puede establecer la norma obligatoria y vinculante. Desde luego, ésta puede denunciarse ante el tribunal constitucional para su revisión a la luz de ese ordenamiento.
La segunda cuestión, más general, a la que está asociada esta discusión es la relación entre derechos y democracia. La despenalización del aborto, en los términos en que lo ha hecho la Asamblea Legislativa, amplía los derechos de las mujeres como ciudadanas en pos de condiciones de igualdad. Si algo reviste la mayor importancia en la consolidación democrática es la traducción de los derechos en procedimientos institucionales que los garanticen. En este terreno, el Estado mexicano está postrado en una situación de franco atraso. zDe qué sirve la retahíla declamatoria de los derechos humanos y sociales si no se hacen cumplir o se cumplen en una medida francamente insultante para sus titulares, que somos todos nosotros?
La despenalización del aborto no es homicidio ni genocidio, como lo han querido presentar los que quieren igualar su idea del pecado con la figura jurídica del delito. Es apenas reconocimiento de una dramática realidad social que no se puede resolver sino fortaleciendo (empoderando, como se dice ahora), los derechos de las personas a la libertad de decisión mediante la producción de los bienes públicos elementales para que esto ocurra: leyes, educación, salud, infraestructura, calidad de vida, formación de capital humano. Extraer estos elementos del debate sobre la despenalización es simplemente ignorar la lamentable condición de las mujeres en una sociedad caracterizada por la extrema violencia de su machismo, sus formas discriminatorias que rayan en lo criminal y el verdadero apartheid en que vive una gran proporción de las mujeres, en su mayor parte pobres o muy pobres, jefas de familia solteras o abandonadas.
Así como ignorar el valor de la vida hubiera sido indebido, excluir de la discusión pública el incumplimiento de los derechos de las personas por parte del sistema de gobierno es por lo menos fariseo. En lugar de rasgarse las vestiduras, de invocar anacronismos de sacristía o de logia decimonónica, hay que mirar este y otros problemas con visión de futuro, con criterio de sociedad moderna y democrática.
En decisiones públicas como la despenalización del aborto y otras que se avecinan, el punto de vista propio no puede aspirar a dogma colectivo, sino sumarse a la conformación del delicado equilibrio entre los valores públicos que deben privar.
En el voto mayoritario de la Asamblea Legislativa prevaleció, correctamente, el derecho de la mujer a decidir. Esperemos que en la miríada de decisiones que vendrán prevalezca el sentido de hacer valer en las instituciones los derechos de las personas, asignatura pendiente del Estado, si las hay.
[email protected] * Investigador del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM
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