El Juzgado Cuarto Civil del Distrito Judicial de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, dictó sentencia judicial condenatoria en materia civil en contra de Horacio Culebro Borrayas, luego de que Este exhibiera los elementos mediante los cuales intentó calumniar en medios estatales y nacionales al ex gobernador de Chiapas, Juan Sabines Guerrero.
Lo anterior, que consta en la Toca 700/2018 del Tribunal Superior de Justicia del Estado, se dio luego de que el ex mandatario chiapaneco interpusiera una demanda por daño moral en contra de Culebro Borrayas, quien recibió una sentencia que lo obliga a disculparse públicamente y a aclarar que sus dichos en contra de Juan Sabines fueron mentiras y difamaciones.
Conforme al Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chiapas, Culebro Borrayas recibió el primer apercibimiento decretado en auto judicial de fecha 23 de septiembre de 2021, para que conforme a los medios judiciales regrese a los medios de comunicación locales y nacionales que utilizó en su campaña contra el exgobernador, aclarare y manifieste de manera pública que sus declaraciones fueron mentiras creadas para afectar a Juan Sabines Guerrero.
Cabe menCionar que durante la administración de Juan Sabines Guerrero (2006-2012) fue clausurada la minera Black Fire en Chicomuselo, cuyo representante legal era Horacio Culebro Borrayas. Las razones de la clausura fueron la explotación de barita a cielo abierto y daños al medio ambiente. A partir de ese hecho, el señalado inició un hostigamiento público contra Juan Sabines y, sin poder demostrar hasta la fecha la procedencia de sus recursos, viajó incluso hasta Estados Unidos para lanzar sus mentiras en agravio del exgobernador.
A Culebro Borrayas le fue requerido el cumplimiento de la sentencia de fecha 12 de julio de 2019 y confirmada por la Primera Sala Regional Colegiada en Materia Civil zona 01 Tuxtla del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas, dictada en la Toca Civil 322-A-1C01/2017 quinto subsecuente, y fue apercibido que de no dar cumplimiento en un término de cinco días hábiles, se le aplicaría una multa por 100 unidades de media y actualización.
Ahora bien, de haber transcurrido el término para que el demandado dé cumplimiento a la sentencia condenatoria dictada en su contra y de no haberlo hecho, se tiene contemplado que el juez haga efectivo el apercibimiento decretado en auto de fecha 23 de septiembre de 2021; asimismo, que se le requiera nuevamente para el cumplimiento de la sentencia mencionada, con el apercibimiento respectivo en términos del artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chiapas, y en su caso, se efectué arresto por desacato a un mandamiento judicial.
Asimismo, se espera que el sentenciado acredite el origen de los recursos con los que realizó costos viajes en México y en el extranjero como parte de su intento por desprestigiar la imagen del ex mandatario chiapaneco, por lo que pronto podría abrirse una investigación no sólo en el ámbito estatal sino también con instancias propias del ámbito federal.












