Difusión oficial va a ser acotada

"Sergio Granda * CP. Entre las disposiciones preliminares del Código Electoral de Participaciones Ciudadanas del Estado de Chiapas -por aprobarse-, quedará legislado que durante el tiempo que comprendan las campanas electorales locales y hasta la conclusión de la jornada comicial (2010), se suspenderá en medios de comunicación social la difusión de toda la propaganda gubernamental de los Poderes estatales, los municipios y cualquier otro ente público.

Esta normatividad electoral que será usada dentro de dos anos en la entidad, con la iniciativa aún por dictaminarse en poder de los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de la LXIII Legislatura local, advierten, ""aplicará también para las delegaciones del Ejecutivo Federal"".



Excepciones

Sin embargo, estaría también estipulado, ""esta norma electoral hará excepción con las campanas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia en la entidad.

La iniciativa en comento, misma que ya se da por aprobada a partir de este 19 de agosto, durante la consecución y clausura del Primer Periodo Ordinario de Sesiones de la LXIII Legislatura local, precisa también: ""El servidor público que incurra en la prohibición prevista, será sujeto de responsabilidades penal, administrativa o política.""



Difusión

Sobre la promoción de la participación ciudadana para el ejercicio del derecho al sufragio, se acota: ""Corresponde exclusivamente al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, a los partidos políticos y sus candidatos. El Instituto emitirá las reglas a las que se sujetarán las campanas de promoción del voto que realicen otras organizaciones.""

Finalmente estará contemplado también que ""el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, en el ámbito de su competencia, dispondrá lo necesario para asegurar el cumplimiento de las normas relativas a la promoción del voto dispuestas en este Código"".

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