Discrepancia fiscal, un riesgo para contribuyentes

Discrepancia fiscal, un riesgo para contribuyentes

A partir de este 2020 el Sistema de Administración Tributaria (SAT) vigilará de manera más estricta que los contribuyentes no incurran en lo que se conoce como discrepancia fiscal, estipulada en el artículo 91 de la ley del impuesto sobre la renta, y que refiere a la diferencia que existe entre los ingresos que se reportan y los gastos que se efectúan en determinado periodo.

Sandra Carvajal Magaña, síndico del contribuyente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), explicó que el problema será para quien no tenga una justificación o comprobante del ingreso a sus cuentas bancarias.

Quiénes podrían verse afectados y caer en discrepancia fiscal son las personas que realizan tandas, aquellos que reciben depósitos bancarios de familiares, los que se dedican al comercio informal, quienes hagan una actividad independiente, entre otros. El limité de crédito de los plásticos que se maneje no tiene nada que ver.

No tendrán ningún problema los jubilados porque existe el comprobante de que cierta dependencia les genera ese ingreso; en el caso de las remesas tampoco, ya que para hacer el envío de dinero el remitente debe proporcionar su información; los ahorradores también se descartan ya que el manejo del efectivo se realiza directamente con un banco, así como aquellos que compren un automóvil en financiamiento.

Esto va de la mano con la nueva modalidad de facturación instantánea que entra en vigor este 2020 y que recalcó será opcional, si bien aplicará para todos los usuarios de tarjetas de débito y crédito al momento de realizar un pago o una compra, no será obligatorio recibir o solicitar factura.

Reiteró que al no ser obligatoria la facturación de todos los ingresos o gastos hechos con tarjeta, el contribuyente que caiga en discrepancia fiscal será “invitado” a acudir ante el SAT para presentar comprobantes y justificantes de sus operaciones.

Como especialista comentó que la proyección es que en el futuro, puede ser después de mayo o hasta el 2021, se implemente la facturación instantánea de forma obligatoria, “y ahí será cuando realmente surjan los problemas que tanto se han comentado en redes sociales y diversos medios de comunicación”.

Mencionó que la facturación instantánea se implementará para facilitar a los contribuyentes el trámite de una factura; asimismo como la finalidad es evitar el manejo ilegal de dinero y fomentar la formalidad, para incrementar la recaudación sin subir impuestos.

Reiteró que la recomendación a los contribuyentes es llevar un control detallado de las cuentas bancarias, asesorarse con un especialista para saber en que forma se pueden comprobar ingresos como tandas, depósitos de un familiar o cualquier otro, así como para saber como elaborar la declaración fiscal.

No se debe pensar que la base de contribuyentes que vigilará el SAT es aquella que percibe montos altos de ingresos, la discrepancia fiscal aplicará desde mil pesos. Cualquiera que incurra será notificado para comprobar el ingreso referido.

Recordó también que no existe el secreto bancario, es decir, que las instituciones financieras tienen la obligación de enviar un informe al SAT de aquellos importes que reciben mayores a 15 mil pesos.