Con las nuevas disposiciones fiscales, los pequeños contribuyentes deberán tener mucho cuidado para no caer en la discrepancia fiscal, lo que puede llevarlos a ser investigados e incluso sancionados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La contadora pública Irma Pérez Cancino explicó que la discrepancia fiscal se da cuando un contribuyente reporta al fisco determinado monto de ingresos pero este detecta que sus egresos son mucho mayores.
En algunos casos esta situación no se hace de forma premeditada, pero sí podría conllevar problemas. Como en el caso de los empresarios, quienes acostumbran a facturar todo, incluso los gastos que no les son deducibles, incurren a menudo en discrepancia.
También puede suscitarse cuando una persona recibe un depósito de un familiar a manera de apoyo o bien por la realización de una tanda; en esos casos se necesita hacer una aclaración ante el fisco sobre el por qué de la situación.
Sin embargo, refirió, es mejor evitar este tipo de movimientos tan llamativos, es decir, por arriba de los cinco o diez mil pesos, ya que son automáticamente detectados por el fisco.
Compras
Pérez Cancino explicó que es a través de los gastos facturados, principalmente de las compras hechas con las tarjetas de débito, crédito o incluso departamentales, como el fisco puede detectar y argumentar que los gastos son mucho mayores que los ingresos.
Es entonces cuando el gobierno se cuestiona del excedente registrado, por lo tanto se podría entender que existe una declaración menor de los ingresos o bien la existencia de una actividad sospechosa.
Consideró esto como una exageración o exceso, pero recordó que las nuevas disposiciones fiscales para el 2020 constituirán para el gobierno la oportunidad de incrementar la recaudación de impuestos; en consecuencia, las reglas serán cada vez más rígidas, entre ellos la persecución de irregularidades como la discrepancia fiscal.
Añadió que al volverse el uso de la tarjeta una situación casi necesaria en la comprobación de gastos, mayormente el caso de las personas físicas, la recomendación es llevar un estricto control de los pagos realizados, recordando que la compra de gasolina y lo invertido en servicios médicos son considerados como deducibles.
Aunque el contribuyente no tenga considerado un gasto para su declaración o contabilidad, al existir el CFDI o facturación en línea, cada vez que realiza una compra automáticamente el SAT tiene registro de ese movimiento, a la par de las notificaciones de nómina por la parte patronal.