Divorcio incausado protege derechos de libre desarrollo

La figura del divorcio incausado es novedosa en nuestro sistema jurídico mexicano y tiene la particularidad de la agilidad basada en la protección del derecho a la libre personalidad y al libre desarrollo de nuestra dignidad humana, de acuerdo a la titular del Juzgado Quinto en Materia Familiar del Distrito Familiar de Tuxtla Gutierrez, Beatriz Álvarez Pérez.

La jueza de Primera Instancia explica que esta figura jurídica tiene la particularidad de disolver el vínculo matrimonial, sin tener la necesidad de acreditar ninguna causal, es decir, con la simple manifestación de uno de los cónyuges que se quiere divorciar o que ya no quiere seguir unido en matrimonio.

Lo trascendente del divorcio incausado, dijo, es que “ya no necesita el señalamiento de un cónyuge culpable para poder determinar las consecuencias de este vínculo matrimonial; aunque existieran algunas legislaciones, ya no son aplicables”.

Esto, tras las interpretaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre nuestro derecho al libre desarrollo de nuestra personalidad y dignidad humana, garantizando en mayor proporción nuestros derechos humanos.

El estado de Chiapas tiene tres vías para tramitar el divorcio: la especial de divorcio incausado, la vía administrativa y la de por mutuo consentimiento.

Sobre el incausado, la jueza de Primera Instancia aclaró que es el más rápido, pues sólo se llega a los juzgados, se presenta la demanda para dar paso al proceso; aunque señaló: “Se tiene que presentar un convenio para poder acordar, con el divorciante, cuáles van a ser las consecuencias de la disolución del vínculo matrimonial”.

El de mutuo consentimiento es donde ambas partes están de acuerdo en disolver el vínculo matrimonial, “ellos dos ya se pusieron de acuerdo, hicieron un convenio, lo firman y lo presentan en el juzgado para que sea revisado, para ver si cumple con la legalidad que establece el Código; de aprobarse, se disuelve el matrimonio”, aclaró la especialista.

La doctora en derecho público acotó que en ambos se tiene que establecer los convenios de cuál va a ser la manera de disolver la sociedad conyugal; “si aportamos bienes a la sociedad conyugal, cómo nos vamos a dividir esos bienes; y en caso de tener hijos, acuerdos de custodia y manutención”, ejemplificó.