El nuevo reglamento de infracciones

El nuevo reglamento de infracciones

Dentro de las infracciones a la seguridad de la población que el Bando de policía y gobierno presentó, se deriva que los restaurantes, bares, antros, discotecas y/o cualquier otro establecimiento de esparcimiento nocturno deberán dejar de vender, expender y/o servir bebidas hasta las 02:30 horas, dichos establecimientos deberán estar desocupados y cerrados máximo a las 03:00 horas.

En cuanto a las tiendas de conveniencia y/o autoservicio, abarrotes y vinaterías, tienen estrictamente prohibido vender bebidas alcohólicas después de las 23:00, reanudando la venta de alcohol a las 08:00 horas del día siguiente.

Será motivo de sanción también la obstrucción de las ciclovías en las principales arterias de la ciudad y los cruceros peatonales, así como reiterar en forma excesiva el claxon de los vehículos.

Queda estrictamente prohibido que camiones, tractocamiones, remolques y semiremolques de más de tres toneladas distintos a los servicios turísticos circulen en cualquiera de las calles, avenidas y/o arterias viales de la ciudad en el horario de las 07: a las 22:00 horas, esta limitante es exceptuada para la circulación en los libramientos norte y sur.

El solicitar mediante falsas alarmas, los servicios de policía, bomberos o de atención médica y asistencia social. Alterar el orden a través de música en vehículos automotores, establecimientos comerciales o casas particulares a volúmenes altos también serán motivo de sanción.

Prostitución y mendicidad

Las y los sexoservidores deberán registrarse en el padrón que llevará a cabo la Secretaría de Salud del Municipio, instancia que promoverá los estudios de salud con la periodicidad necesaria.

En cuanto a las personas que ejerzan mendicidad con uso de infantes, la autoridad municipal pondrá a los infantes al resguardo del DIF Tuxtla Gutiérrez y en su entrega, la persona que los solicite deberá contar con la aprobación del ministerio público.

Animales

Los espectáculos circenses que utilicen cualquier tipo de animal, peleas entre animales y corridas de toro, quedan estrictamente prohibidas. De la misma forma los animales domésticos que deambulen sin collar.

Propiedad

No se podrá pegar, colgar o pintar propaganda de carácter político, comercial o de cualquier otro tipo en edificios públicos, portales, postes de alumbrado público de la Comisión Federal de Electricidad, de teléfonos, de semáforos, guarniciones, camellones, puentes peatonales, pasos a desnivel, parques, jardines, y demás bienes del dominio público federal, estatal o municipal.

Para libramientos norte y sur, 5ª norte oriente poniente, 15 y 16 poniente norte, 9ª sur y 9ª norte, deberían pedir permiso a las autoridades municipales.

El detonar cohetes, encender fuegos pirotécnicos o usar explosivos en la vía publica con motivo de fiestas particulares, de barrio, o religiosas sin la autorización de la autoridad competente, también serán causas de sanción.

Amonestación

La multa será de hasta diez salarios mínimos vigentes al momento de la infracción, pero si el infractor es jornalero, obrero o trabajador asalariado no podrá ser sancionado con multa mayor del importe de su jornal o salario de un día, de no pagar será arrestado por hasta 36 horas y además tendrá que pagar los daños y perjuicios causados.

Finalmente, con este nuevo reglamento, Castellanos Cal y Mayor manifestó otorgar a la ciudadanía elementos que permitan su progreso, referente a una sociedad democrática, consiente y con vocación de grandeza.