MdeR. * CP. Conforme transcurren los días, más mexicanos han buscado informarse sobre los puntos básicos de la Reforma Energética que envió el presidente Felipe Calderón Hinojosa a la Cámara de Senadores.
Cuarto Poder, a fin de contribuir con una información más precisa sobre este citado tema que interesa a la sociedad mexicana, se ha dado a la tarea de presentar a diario -en su edición impresa- un segmento del referido documento.
Hoy, la versión impresa presenta la cuarta entrega que hizo llegar el jefe del Poder Ejecutivo al Poder Legislativo.
Todos los lectores de Cuarto Poder pueden consultar la versión completa en su página electrónica: www.cuartopoder.com.mx.
VII. Mayor participación de la sociedad en la vigilancia y seguimiento de la actividad de Pemex
1. Vigilancia
La mayor flexibilidad y libertad que se le da a Petróleos Mexicanos para la toma de decisiones, buscando una mayor eficiencia, debe tener su contraparte en mecanismos más efectivos de control que no entorpezcan la operación de la empresa, pero que eviten la corrupción.
La vigilancia de Petróleos Mexicanos se realizará por las siguientes tres entidades: Comité de Auditoría; Comisario; y el Órgano Interno de Control.
Mayor participación de la sociedad en la vigilancia y seguimiento de la actividad de Pemex
2. Comisario
El comisario será elegido por el Ejecutivo Federal, y su principales funciones serán: Evaluar la actuación del Consejo de Administración y del Director General, y rendir al Ejecutivo Federal un informe anual; Asistir con voz, pero sin voto, a las sesiones del Consejo de Administración; y, representar los intereses de los tenedores de los bonos ciudadanos, mismos que se explican más adelante.
Mayor participación de la sociedad en la vigilancia y seguimiento de la actividad de Pemex
3. Órgano Interno
de Control
Las actividades de la Secretaría de la Función Pública y las del Órgano Interno de Control se limitarán a supervisar y auditar el cumplimiento de la normatividad aplicable, y no podrán abarcar la revisión del desempeno del organismo.
a) Información al Congreso:
€La Secretaría de Energía presentará en marzo de cada ano al Congreso de la Unión el informe del Director General sobre la situación de Pemex y sus organismos subsidiarios.
€Dicho informe deberá ser acompanado con: la opinión del Consejo sobre la ejecución del Programa Anual y Estratégico, los reportes del Comisario, y el dictamen del Auditor Externo.
€La Secretaría de Energía deberá enviar al Congreso de la Unión informes trimestrales del Director General de la operación de la empresa por rama y línea de negocio y comparando el desempeno con parámetros internacionales.
€Se harán disponibles en Internet reportes periódicos del desempeno de la empresa.
Mayor participación de la sociedad en la vigilancia y seguimiento de la actividad de Pemex
4. Bonos Ciudadanos
La experiencia internacional indica que el mecanismo más efectivo para propiciar la eficiencia de una empresa pública en beneficio de sus duenos, que son todos los mexicanos, es el de que estos cuenten con un instrumento cuyo valor esté relacionado con el desempeno de la empresa. Petróleos Mexicanos como parte de sus mecanismos de financiamiento, podrá emitir títulos de crédito cuyo rendimiento esté ligado al desempeno del organismo, denominados Bonos Ciudadanos. Se dará flexibilidad a Petróleos Mexicanos para disenar dichos instrumentos. Entre otras opciones, podrán tener un rendimiento mínimo fijo, más un rendimiento adicional dependiendo de la buena operación de la empresa.
Las contraprestaciones que se consignen en los bonos ciudadanos por ningún motivo otorgarán o concederán a sus tenedores derechos corporativos, ni sobre la propiedad, control y patrimonio de Petróleos Mexicanos.
Sólo podrán ser titulares de los bonos ciudadanos las personas físicas mexicanas, así como las administradoras de fondos para el retiro, los fondos de pensiones, las instituciones de seguros y sociedades de inversión. La SHCP emitirá lineamientos para:
€Facilitar su adquisición;
€Evitar concentración; y
€Propiciar un mercado secundario que permita a los tenedores la venta de sus títulos a precios de mercado.
Fortalecimiento de
la rectoría del Estado
El país demanda que el Gobierno Federal ejerza una rectoría efectiva sobre los recursos petroleros de la Nación, de modo que se logre un balance intergeneracional en el aprovechamiento de las reservas de hidrocarburos, al tiempo que se garantice una explotación que maximice la riqueza del país.
Lo anterior cobra mayor relevancia a la luz de los retos que enfrentará la industria petrolera nacional en los próximos anos.
1. Fortalecimiento de la Secretaría de Energía
Principales atribuciones que se adicionan:
Determinar la plataforma de producción petrolera y el ritmo de reposición de reservas de hidrocarburos; Expedir las normas de carácter técnico que se requieran para el mejor aprovechamiento de los hidrocarburos y verificar su cumplimiento; Regular y promover el desarrollo y uso de fuentes de energía alternas a los hidrocarburos; Regular y, en su caso, expedir normas oficiales mexicanas sobre ahorro de energía; Determinar las reservas de hidrocarburos.
2. Comisión
Reguladora del Petróleo
Órgano desconcentrado de la Secretaría que funcionaría como brazo técnico en materia de exploración y producción.
Las atribuciones generales de dicha unidad serían: Apoyar a SENER en la elaboración de la planeación estratégica del sector; Proponer los lineamientos técnicos que Pemex deberá observar en el diseno y la ejecución de sus proyectos de exploración y producción; Dictaminar y supervisar el uso de la mejor tecnología; Dictaminar la cuantificación de las reservas de hidrocarburos que elabore Pemex; y, Proponer a SENER la normatividad técnica y verificar su cumplimiento. En este sentido, SENER contaría con la Comisión Reguladora del Petróleo y con la Comisión Reguladora de Energía para el ejercicio de sus funciones.
3. Fortalecimiento de la Comisión Reguladora de Energía
En concordancia con los cambios propuestos a la Ley Reglamentaria del Art. 27 Constitucional, se asignan a la CRE las funciones de regulación y supervisión de las actividades de transporte, almacenamiento y distribución de productos refinados y petroquímicos.
Expedir los términos y condiciones a que deberán sujetarse las ventas de primera mano de los productos que se obtienen de la refinación y el procesamiento del gas; Expedir los términos y condiciones a que deberá sujetarse la prestación de los servicios de transporte por medio de ductos y de almacenamiento; Expedir las metodologías para la determinación de las tarifas de transporte por ducto y de almacenamiento, así como los modelos de convenios y contratos para su realización; Establecer las disposiciones para garantizar que los permisionarios otorguen libre acceso a terceros en los sistemas de transporte, almacenamiento y distribución para todos los hidrocarburos, evitando prácticas discrecionales y discriminatorias.











