Una vez que concluyó la jornada electoral del pasado primero de julio y que venció el plazo para las impugnaciones locales, el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH), declaró la nulidad en nueve de los 122 municipios en donde se efectuaron las votaciones, por lo que se esperan elecciones extraordinarias en dichos ayuntamientos, a reserva de que las inconformidades se presenten en otras instancias jurisdiccionales.
En distintas fechas, este organismo resolvió las diferentes impuganciones; por ejemplo, el 24 de agosto se declaró la nulidad en Santiago El Pinar, Solosuchiapa, Chalchihuitán y Amatenango del Valle.
Cinco días después, el 29 de agosto, se sumó a la lista el municipio de Catazajá y el 31 se aplicó lo mismo para Tapilula, Chicoasén, Ixtapa, El Porvenir y Ocozocoautla.
Apenas terminó una etapa más del proceso electoral, porque la parte afectada puede acudir a la la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) con sede en la ciudad de Xalapa, Veracruz en su caso a la Sala Superior del TEPJF, quienes tienen todo el mes de septiembre para resolver las inconformidades.
En semanas anteriores, se informó en el Congreso del Estado que estarán a la espera de las determinaciones que emitan las autoridades jurisdiccionales; el recurso económico para atender las posibles elecciones extraordinarias se utilizarán del ejercicio fiscal de este año.
“Cuando la autoridad electoral o jurisdiccional correspondiente declare un empate o la nulidad de una eleccio´n o la nulidad de un proceso de participacio´n ciudadana, la convocatoria para el proceso extraordinario debera´ emitirse por el Congreso del Estado”, puntualiza el artículo 179 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana.
Para asignar las regidurías plurinominales y las diputaciones de representación proporcional, el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) tiene hasta el 15 de septiembre para hacer las asignaciones, por las decisiones que tomarán todavía otras instancias jurisdiccionales.
Hay que recordar que el Congreso del Estado, después de que terminen las impugnaciones, tendría que emitir la convocatoria para la realización de las elecciones extraordinarias “dentro de los cuarenta y cinco di´as siguientes a la declaratoria de nulidad”, así lo informa el Código de Elecciones y Participación Ciudadana en su artículo 29, pero sería el IEPC quien se encargue de la organización del proceso.
Al ser extraordinarias, los plazos que tendrían son más ajustados a lo ordinario. El pasado 24 de julio, en una entrevista, el Consejero Presidente del Órgano Local, informó que se deben revisar las cuestiones presupuestales y la logística, en virtud de que depende del número de municipios donde se realicen las extraordinarias.
Todo el proceso en la etapa de impugnaciones tendrá como fecha límite el 30 de septiembre, tomando en cuenta que el primero de octubre tanto los presidentes municipales como los diputados, tienen que arrancar con sus actividades para los que fueron electos.












