La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en busca de cumplir con la cultura de adiestramiento y capacitación laboral para los trabajadores tal como lo marca la Constitución, anunció que el patrón que no demuestre haber cumplido con la obligación, será severamente sancionado.
El objetivo es que el trabajador no se quede rezagado en conocimientos, sin importar el giro y el número de empleados que tenga la empresa, señaló en entrevista, Julio César Domínguez Hernández, jefe de oficina de la STPS.
Explicó que por capacitación se entiende a la obtención de nuevos conocimientos por parte del empleado para su mejoramiento, además, la fecha límite para que los patrones comprueben que han cumplido, es hasta el 20 de marzo próximo y en caso de no hacerlo habrán sanciones económicas que superan los 20 mil pesos.
Comentó que las empresas deben elaborar una detección de necesidades para capacitación al interior de sus centros laborales, y programar los cursos en un plazo no mayor de dos años, y una vez que han concluido el proceso de especialización, deben informar a la autoridad federal dentro de 60 días hábiles al término de dicho plan.
Detalló que la STPS puede aplicar sanciones económicas que van desde los 250 a 500 días de salario mínimo, al patrón que no capacite a sus trabajadores, aun así haya elaborado su programa y no haber cumplido dentro del plazo que otorga la autoridad.
Finalmente, dijo que los empresarios no deben de verlo como una obligación, sino como una necesidad, ya que el tener empleados certificados en las actividades que desempeñan, se tendrá la certeza de que desarrollarán una buena labor y por lo tanto, ayudará a mejorar la productividad del centro laboral.











