El aguinaldo es una prestación icónica del 60 % del padrón de contribuyentes en México, que aportan poco menos del 50 % de la recaudación total; aunque quizá no impacte en un porcentaje mayor al 10 % a través del cobro ISR, cualquier baja en la recaudación exentándolo de impuestos, implicaría en un incremento de impuestos indirectos como en el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.
Liberar de impuestos el pago del aguinaldo podría ser una decisión populista. El actual sistema está muy asimilado por los patrones y por los trabajadores, consideró el consultor fiscal y patrimonial, Néstor Gabriel López
Confusión en el pago
Recientemente se generaron incertidumbres y confusión, ya que ante la noticia de que la presidenta firmó un decreto para otorgar 40 días de salario como pago de aguinaldo a los servidores públicos federales, militares en activo y personal de las fuerzas armadas, no para trabajadores del sector privado.
Esta prestación continúa rigiéndose para dichos trabajadores bajo la misma regla, con un mínimo de 15 días de salario, establecido desde hace muchos años, indicó.
Compartió que el aguinaldo técnicamente no se puede pagar por partes, pero si la empresa paga más de 15 días, la primera parte equivalente a dicha cantidad de días sí la puede pagar antes del 20 de diciembre y la siguiente en la fecha límite o en enero.
“El calculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) no ha variado mucho en los últimos años, más allá de un cambio sustancial que hubo en materia de la Unidad de Medida y Actualización (UMA)”, expresó el especialista.
“Con esto queda exento de ISR hasta un monto equivalente a 30 veces el valor diario de la UMA y el excedente sí se grava con el impuesto correspondiente”, aseveró.
Explica que para 2025, la UMA fijada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) es de 113.14 pesos diarios, lo que significa que solo los primeros tres mil 394.20 pesos del aguinaldo estarán libres de impuestos.
En materia contributiva no solo el ISR afecta el aguinaldo, también están las cuotas del Seguro Social.
Bonos también pagan ISR
El pago de aguinaldo mínimo para los trabajadores del sector privado es de 15 días de salario, pero si el patrón otorga un bono extra anual, ambos conceptos entrarán dentro del límite de las 30 UMAs en conjunto.
En materia de Seguro Social los dos conceptos sin distinción ni disminución se consideran base para el calculo de las cuotas obrero-patronales.











