Los bloqueos en casetas de pasaje de diversas vías de Tuxtla con otros municipios deben ser atendidos por las autoridades correspondientes, o de otro modo estarían cayendo en omisión de sus funciones, por lo que podría haber consecuencias legales, dijo el abogado Horacio Salcedo Hernández.
“El derecho de manifestación está consagrado en la Constitución, pero del mismo modo el derecho de libre tránsito, por lo que las autoridades tienen la facultad de aplicar el Estado de derecho, previo diálogo y negociación con los manifestantes”, agregó.
El licenciado en Derecho sostuvo que la Ley de Vías Generales de Comunicación es de competencia federal, por lo que la toma de casetas de una concesión del Estado debe y puede ser atendida por la Fiscalía General de la República (FGR) a petición del concesionario o, en su caso, de la institución poseedora de la vía, que en este sentido es Caminos y Puentes Federales (Capufe).
“El Estado tiene la obligación de resguardar y prevenir ilícitos, y por eso cuenta con la Secretaría de Seguridad Pública, misma que tiene que hacer los rondines o en su caso, los desalojos si así lo pide Capufe o el Ministerio Público federal correspondiente.
Si la caseta lleva varios días tomada, hay alguien que está incumpliendo su trabajo, puede ser Capufe, la Fiscalía General de la República o las autoridades estatales”, explicó.
En cuanto al tema del seguro de usuario, Salcedo Hernández destacó que normalmente la concesionaria de la vía contrata a una empresa aseguradora, la cual podría evitar el pago en caso de algún accidente o percance del usuario, escudándose en que la vía no cuenta con las condiciones idóneas de seguridad, entre las que se encuentran: policía haciendo rondines, caseta de cobro activada y que no exista ningún bloqueo, y en su caso que el usuario cuente con un comprobante de pago por usar la vía.
“En este tema, el usuario podría recurrir a demandar a la concesionaria o a la propietaria de la vía, esto sin dejar de lado a las autoridades responsables de resolver los conflictos, puesto que son sujetos de obligaciones así establecido en la Ley de Responsabilidades Administrativas”, concluyó.












