La directora general de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) para Chiapas, Alejandra Elena Rovelo Cruz, destacó que la reparación del daño es un hecho, pero falta que víctimas y victimarios normalicen su aplicación y protocolos.
Existe un prejuicio por parte de la víctima, quien suele creer que al aceptar una reparación del daño se está minimizando un delito o violación a los derechos, cuando no es así. “Es un derecho que tenemos que empezar a vislumbrar, a nombrar y ver.”
También es necesario normalizar los actos por parte de personas y autoridades, aceptando su responsabilidad en caso de violentar los derechos fundamentales, haciendo comunes frases como “soy responsable y vamos a ver qué hacer para transitar contigo un camino para el bienestar”.
Rovelo Cruz invitó a la cultura de la denuncia “para que nosotros podamos entrar en un tema reparatorio; hay que entrar en los procesos a las víctimas que marca la Ley Calidad de Víctima”.
Para que exista una reparación, la víctima tiene que concluir un expediente de queja y esperar que sea emitida una recomendación por parte de Derechos Humanos. Para llevar a cabo el proceso burocrático es necesario acudir a la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) o a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, órganos que brindarán asesoramiento y acompañamiento a la víctima.
Los trámites y procesos serán variables, pues cada caso es distinto y requiere de atenciones y procedimientos específicos.
Estas autoridades son las que van a determinar, mediante puntos recomendatorios, qué tipo de reparación es la aplicable dependiendo la situación violatoria de derechos, además de una evaluación que realice la CEAV.
La directora mencionó que las personas suelen creer que la reparación del daño es solamente una compensación económica, sin embargo, existen varias medidas de satisfacción, las cuales buscan restablecer la dignidad de las víctimas y todas se aplican dependiendo el caso.
Las medidas de satisfacción son la restitución, que busca devolver a la víctima a su situación anterior a la comisión del delito o a la violación de sus derechos humanos, por ejemplo, cuando una persona es privada de su libertad injustamente.
La rehabilitación, que busca ayudar a transitar a la víctima hacia un paso a la mejoría después de sufrir una violación de derechos humanos, y se ejemplifica con los casos de cultura (¿o quiso decir tortura?)
La más popular es la compensación, que se refiere a que debe otorgarse de forma apropiada y proporcional a la gravedad del hecho punible o violación de derechos humanos sufrida por todos los perjuicios, sufrimiento y pérdidas económicas evaluables que sean consecuencia del delito, como abogados, transporte y hospedajes que la víctima gastó a lo largo del proceso.
Y las medidas de no repetición, que buscan un acuerdo de las partes para que la violación de derechos no vuelva a ocurrir.
El progreso de esta ley se viene gestando desde el 2013, pero no fue “hasta que entró Rutilio Escandón Cadenas, siendo un jurista, que visualizó cómo incidir en favor a los derechos humanos y crea el órgano CEAV, entrando en función en el 2020.”
Destacó: “El progreso de la ley, en énfasis la de derechos humanos, viene acompañado de la lucha social; las personas que han sido violentadas impulsan el camino hacia las reformas y jurisprudencias”.












