El consejero presidente del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), Oswaldo Chacón Rojas, manifestó que las reformas en materia electoral aprobadas en junio pasado reconocen las cuotas de representación política indígena, basadas en que actualmente hay un déficit de representación política de los pueblos y comunidades indígenas que era necesario atender.
Lo anterior durante el “Conversatorio: Pueblos Indígenas, Derechos Humanos y la nueva Ley de Usos y Costumbres”, organizado por el Centro de Estudios para la Construcción de Ciudadanía y la Seguridad, de la Universidad Autónoma de Chiapas (Unach).
Chacón Rojas dijo que en la actual legislatura local solo hay una diputada y un diputado que se autoescriben como indígenas, cuando este sector representa casi el 30 por ciento de la población en la entidad, por lo que deberían ser más.
Sobre las nuevas leyes en materia electoral, detalló que establecen el proceso de consulta para los pueblos y comunidades indígenas que busquen cambiar su sistema de elecciones, un derecho reconocido a nivel nacional e internacional en diversas leyes y tratados, y que parte de la consulta realizada en Oxchuc.
En estas nuevas disposiciones se plantea también el desarrollo de elecciones por usos y costumbres en aquellos pueblos y comunidades indígenas que cumplan con los requisitos para garantizar su derecho a la consulta, y que derivado de esta la mayoría defina que sus elecciones cambien al sistema normativo interno.
En general consideró que las reformas sí son progresistas, de avanzada y reivindicatorias de derechos históricos, sin que ello implique que sean suficientes, sino que enmarcan un proceso de marcha que no está concluida.
Un camino que tiene aristas que el IEPC tendrá que atender vía sus facultades reglamentarias, porque en la ley no quedaron establecidos todos los aspectos que tienen que ver con esta garantía de derechos, añadió.
Por ejemplo, en las cuotas de representación política de pueblos y comunidades indígenas, se establece en la Constitución y en la ley que en las elecciones a diputados locales al menos en el 50 por ciento de los distritos reconocidos por el INE como indígenas (nueve en Chiapas), las postulaciones serán de indígenas.
Esto fue un tema controversial porque hay quienes piensan que deberían existir candidatos indígenas en todos los distritos, pero esto tiene que ver con las implicaciones en el proceso de las legislaciones. El IEPC deberá ver cómo hacer cumplir a cabalidad estas disposiciones.
En el ámbito municipal se establece que al menos en el 50 por ciento de los municipios con mayoría de población indígena, los partidos políticos deben postular indígenas en sus candidaturas. La autoridad oficial tendrá que acudir a los datos oficiales que en su momento emita el Inegi, para saber cuáles y cuántos son los municipios.
Mencionó que hay aristas que deben resolver, por ejemplo, a muchos no gustó que se haya reconocido la figura de la asamblea comunitaria como órgano superior de gobierno en estos procesos; la paridad de género, ya que no hay posibilidad de que se garanticen las cuotas de representación indígena o elecciones basadas en usos y costumbres, sino que se respeta dicho principio.
Otra inconsistencia que en su momento deberán resolver, es que en la Constitución se hable de una instancia de mediación resolutoria de conflictos de las partes, a cargo del Tribunal Electoral del Estado, pero en la ley esa instancia aparece adscrita al IEPC, “como eso no lo resolvió el legislador, lo vamos a tener que resolver nosotros”.












