Requisitos académicos, prácticas y actualización constante para garantizar la seguridad de los visitantes y la conservación de los recursos naturales y culturales, es indispensable en guías turísticos, así lo detalló Juan Antonio Díaz Díaz, del Departamento de Certificación Turística de la Secretaría de Turismo del estado.
Durante una capacitación convocada por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), el funcionario detalló que la profesionalización de los guías se rige por estrictos lineamientos federales contenidos en las Normas Oficiales Mexicanas NOM 08 y NOM 09.
El funcionario explicó que la NOM 08, publicada desde el año 2002 por la Secretaría de Turismo Federal, está dirigida a los guías generales que pueden desempeñarse a nivel nacional, así como a aquellos especializados en un tema de carácter cultural o en una localidad determinada.
Acreditación
Para obtener la acreditación bajo la NOM 08, los interesados deben presentar identificación oficial, Registro Federal de Contribuyentes, fotografía tamaño pasaporte, certificado de estudios de nivel medio superior o técnico en actividades turísticas, como la licenciatura en gestión turística o en lenguas con enfoque turístico, y un diplomado de formación de al menos 360 horas, complementado con un mínimo de 150 horas de práctica.
La vigencia de esta credencial es de cuatro años, por lo que los guías deben solicitar su refrendo antes del vencimiento, acreditando 160 horas de actualización en ese periodo o 40 horas anuales, mientras que para los especializados en cultura se requieren 80 horas.
Por su parte, la NOM 09 se enfoca en los guías especializados en actividades de aventura y naturaleza, como senderismo, espeleología, kayakismo, descenso en ríos, rappel, escalada, alta montaña, ciclismo de montaña y cañonismo, entre otras, y su cumplimiento es obligatorio para quienes conduzcan grupos en estos entornos. En este caso, los requisitos son más complejos.












