La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) inició el expediente de queja No. CEDH/692/2020, en contra de elementos de la Policía Municipal de Mezcalapa por uso desproporcionado y excesivo de la fuerza, tratos crueles, inhumanos y degradantes.
Además de prestación indebida del servicio público y la violencia de los derechos a la dignidad humana, la integridad personal y la seguridad jurídica.
Dicha acción se da tras la difusión de un video en que elementos de la Policía Municipal de Mezcalapa detienen a una persona; primero lo sacan de un domicilio y justo afuera lo esperaba otro elemento para golpearlo, luego lo condujeron a la góndola de la camioneta donde azotaron su cabeza contra la unidad, para después subirlo.
Ante este hecho, la CEDH indicó que la dignidad humana es un valor y un derecho inalienable que no debe ser violado bajo ninguna circunstancia, por ello rechazó de forma enérgica la violencia ejercida por los policías en contra de una persona del sexo masculino.
Cumplir responsabilidades
“El artículo primero de nuestra Carta Magna establece la forma en que los funcionarios deben cumplir con sus responsabilidades públicas, al señalar que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, independencia, indivisibilidad y progresividad”, afirmó la CEDH.
El organismo estatal mencionó que, dentro de la declaración sobre la protección de las personas contra la tortura y/o penas crueles, inhumanos o degradantes, se postula que todo acto de tortura, trato o pena cruel, inhumano o degradante constituye una ofensa a la dignidad humana y será condenado como violación de los derechos humanos y libertades fundamentales.












