Insta CNDH a frenar iniciativas de “Pin Parental”
Esta iniciativa ya se ha discutido en al menos cinco estados y la CNDH espera que no avance. Cortesía

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) instó al poder Legislativo de Chiapas a proteger los derechos de la niñez y de los adolescentes frente a la iniciativa de incluir el denominado “Pin Parental” en las leyes estatales.

Las iniciativa “Pin Parental” pretende que el derecho a la información en materia de salud sexual y reproductiva de la niñez y los adolescentes esté condicionado a la autorización de madres/padres y personas que ejercen la tutela.

Ante esta iniciativa que ya han presentado varios estados, la CNDH mencionó que su contenido es contrario a los derechos humanos garantizados en la Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño y las recomendaciones de organismos internacionales.

El principal “argumento” de las iniciativas que ya han avanzado en estados como Aguascalientes, Nuevo León -donde fue rechazada-, Chihuahua, Querétaro y Veracruz, es que madres y padres tienen el derecho a elegir el tipo de educación que pueden recibir sus hijos de acuerdo a sus convicciones y creencias, y por tanto, consideran que la impartición de los contenidos sobre sexualidad es una facultad exclusiva de las familias.

Aunado a ello, varias de ellas mencionan que los contenidos educativos contienen elementos de “ideología de género”, al abordar temas como la diversidad sexual.

El organismo autónomo condenó que existan este tipo de iniciativas contrarias a los derechos humanos. En particular, las iniciativas “Pin Parental” vulneran el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual garantiza que los planes y programas de estudio tendrán perspectiva de género y una orientación integral, por lo que se incluirá, entre otros contenidos, la promoción de estilos de vida saludables y la educación sexual y reproductiva, con lo cual se garantiza el derecho al libre desarrollo de la personalidad.

“Las iniciativas de “Pin Parental” omiten considerar las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño, la ley general de la materia y las leyes estatales de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes que reconocen a las personas menores de 18 años como sujetos de derechos cuya autonomía progresiva les permite ejercer por sí mismos sus derechos, conforme a su edad y grado de madurez”, expresó la Comisión.

Además, se detalló que el ejercicio de los derechos de la niñez y los adolescentes debe atender a su autonomía progresiva, lo que en esencia implica que, a mayor edad, mayor capacidad para opinar sobre los asuntos que les afectan y tomar decisiones que impacten sobre su propia vida, así como para acceder a información plural sobre cualquier tema, cumpliéndose con ello las condiciones para gozar de su derecho al libre desarrollo de la personalidad.